MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2019 - Ministerio de Educación
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LICEO ACADEMIA NACIONAL, ALTO HOSPICIO Soc. Educacional e Inv. Puerto Patache LTDA. Avenida Los Cóndores 3881-A, teléfono 210775 Colegio SEP desde año 2009, otorgado por el MINEDUC. MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2019 ELABORADO POR: COMUNIDAD EDUCATIVA DEL ESTABLECIMIENTO. REVISADO POR: EQUIPO DIRECTIVO, EQUIPO DE CONVIVENCIA Y PROFESORES. NOTA: Es deber de los padres, apoderados y la comunidad escolar, conocer, aceptar y respetar este Reglamento. No es legítimo reclamar por su exigencia y aplicación ya que las normas han sido consensuadas por la comunidad escolar y particularmente, por cada uno de los apoderados al firmar el Contrato de Matrícula respectivo.
ÍNDICE I. IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO 2 II. PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 2-3 III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 3-5 IV. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS 5-8 V. PRESENTACIÓN PERSONAL 8-9 VI. LAS FALTAS 9 - 12 VII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS 12 - 14 VIII. CONDICIONALIDAD Y CONDICIONALIDAD EXTREMA 14 - 15 IX. NO RENOVACIÓN O EXPULSIÓN 15-16 X. APELACIÓN 16 XI. MEDIDAS PEDAGÓGICAS 16 - 19 XII. MEDIDAS Y SANCIONES A APODERADOS 19 - 20 XIII. CONVIVENCIA ESCOLAR 20- 21 XIV. MEDIACIÓN ESCOLAR 21- 22 XV. FUNCIONAMIENTO INTERNO 22 - 27 XVI. PROTOCOLOS 28 Convivencia Escolar: maltrato entre pares 28- 29 Maltrato infantil y abuso sexual 30 Mediación 31 - 32 Inasistencia y Ausentismo 33 - 34 Consumo de drogas 35 Abuso de autoridad 36- 37 Violencia hacia docentes y/o funcionarios 38- 39 Violencia por parte docentes y/o funcionarios 40- 41 Usuario hostil 42- 43 Embarazo, madres/padres adolescentes 44 - 47 Contención 48 Delitos 49 Accidente escolar 50- 51 Derivación equipo de Convivencia Escolar 52 Ciberbullying 53 1
I.- IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO Nombre : Liceo Academia Nacional Representante legal : Isabel Martínez Ahumada R.u.t. : 12.832.164-0 Comuna : Alto Hospicio Dirección : Av. Los Cóndores #3881- A Teléfono : 978541419 Enseñanza : Pre-básica-Enseñanza básica-Enseñanza media y Técnico profesional. Categoría : Subvencionado. II.- PRESENTACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA La convivencia escolar, tal como lo plantea la política de convivencia escolar del Ministerio de Educación, es “la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos los actores educativos sin excepción". Nuestro manual de convivencia, es en sí mismo, factor de aprendizaje que incorpora la capacidad de vivir juntos en colaboración, incluye también el manejo de estrategias para la resolución no violenta de los conflictos, habilidades de comunicación, autocontrol, asertividad y empatía. El Liceo Academia Nacional entiende la disciplina escolar, como un conjunto de normas que regulan la sana convivencia en un Establecimiento Educacional. El valor de estas normas elementales de convivencia se traducen, en hábitos de autodominio o autodisciplina que llegarán a reflejarse en todos los ámbitos de la vida personal, de todos los miembros de la comunidad escolar que tienen un propósito común y que son los alumnos(as), padres y apoderados, profesionales y asistentes de la educación, directivos y sostenedor. Sólo podremos alcanzar nuestros objetivos, también en el ámbito disciplinario, con la colaboración permanente de la familia. Ella constituye, sin duda el punto de inicio en el proceso de socialización e integración de hábitos y valores. A objeto de alcanzar los altos ideales que nos hemos propuestos, orientaremos nuestro quehacer bajo los lineamientos del presente Manual de Convivencia, en cuya elaboración y actualización participaron, los Directivos, Equipo de Convivencia Escolar, los Profesores, los Inspectores, los Alumnos y algunos Apoderados, y, en el transcurso de los últimos años, ha sido revisado y actualizado a instancias del Consejo Escolar. Se rige bajo las siguientes leyes: Ley sobre Violencia Escolar 20.536 Ley Convención sobre los Derechos de los niños 23.849 2
Ley de Drogas 20.000 Ley de Responsabilidad Penal Adolescente 20.084 Ley General de Educación 20.370 Ley de Calidad y Equidad de la Educación 20.501 Ley de Aseguramiento de la Calidad de la Educación 20.529 Ley de la No Discriminación 20.609 Ley de Inclusión escolar 20.845 Normativas Superintendencia de Educación. III.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Todos los alumnos(as) del Colegio como individuos pertenecientes a una organización tienen derechos y deberes que deben hacer cumplir. Nuestros estudiantes son el centro y la razón de ser de toda organización educativa y de toda acción pedagógica. Su participación en la comunidad escolar no puede limitarse a la simple recepción de conocimientos, además deben adquirir valores, fortalecer habilidades sociales para un desarrollo íntegro como individuo. Todo estudiante tiene derecho a: a) Participar en un ambiente grato y de responsabilidad que favorezca el desarrollo integral de su personalidad. b) Recibir de parte del personal directivos, docente, asistentes de la educación y administrativo un trato respetuoso. c) Ser considerado y escuchado en sus opiniones. d) Recibir una preparación adecuada a su edad en lo que se refiere a los objetivos de aprendizaje desde pre- básica a 4° Medio. De acuerdo a los Programas emanados del Ministerio de Educación. e) Contar con la infraestructura mínima necesaria, contemplada por el Ministerio de Educación para el desarrollo de sus actividades escolares. f) Trato diferenciado, contemplado en el Manual de Evaluación y Promoción, para las alumnas embarazadas y madres y/o padres adolescentes. g) Usar las dependencias y materiales del Liceo. h) Recibir atención inmediata de primeros auxilios, en casos de lesiones, heridas u otro tipo de emergencia. i) Ser informado de las causas o motivos de la sanción que afecte a su persona como asimismo de las anotaciones registradas en el libro de clases. 3
j) Evaluación diferenciada cuando existan necesidades especiales de aprendizajes, previa certificación de especialistas que lo avalen, exceptuando módulos de especialidad en los Técnicos Profesionales, debido a la adquisición de competencias. k) Participar en la elección de los representantes del CEAL, de acuerdo a la reglamentación vigente. Todo estudiante tiene el deber de: a) Conocer y adherir al Proyecto Educativo del Liceo, Manual de Convivencia y Reglamento de Evaluación. Por lo que, deberá respetar íntegramente las normas de convivencia, asumiendo su responsabilidad y condición de estudiante de este establecimiento. b) Es deber de cada estudiante cumplir con las medidas pedagógicas o disciplinarias asignadas tras infringir las normas del Manual de Convivencia; entendiendo este proceso como formativo. c) Manifestar permanentemente una actitud de respeto y colaboración hacia la comunidad educativa, lo que incluye a sus pares y al personal del Colegio, como son: Profesores, Directivos, Administrativos, Auxiliares y Apoderados de la Comunidad Escolar. d) Responsabilizarse en el cuidado de sí mismo en protección e higiene personal. e) Cuidar los bienes comunes del Establecimiento, siendo responsable de la mesa, silla y cualquier otro inmueble, herramienta, instrumental o material que le fuese asignado, debiendo responder en caso de daños. De igual forma deberá contribuir con el aseo de su sala y lugares de actividades comunes en el establecimiento. f) Cuidar sus pertenencias, desligando al colegio de toda responsabilidad en caso de pérdidas. g) Cumplir responsablemente con sus deberes escolares, (tareas, trabajos, estudio, presentaciones, etc.), útiles, cuadernos de asignatura, horarios, según corresponda. h) Respetar el conducto regular en situaciones problemáticas, siendo el profesor jefe la primera instancia para luego proceder con el protocolo de acción, según sea el caso. i) Privilegiar ante todo, el diálogo, la empatía y la colaboración ante cualquier situación. j) Respetar y acatar los principios y normas del establecimiento en el aula, comedor, actos cívicos, formación y en toda actividad dentro y fuera del establecimiento. k) Informar a Inspectoría del establecimiento, de su estado de salud, accidente o incidente que le haya ocurrido tanto en el trayecto como al interior del colegio. l) Contar con una libreta de comunicaciones. m) No tener demostraciones de afecto a nivel de pareja, independiente de su orientación sexual, dentro del establecimiento. 4
n) Mantener una presentación personal acorde a la normativa del establecimiento. El varón debe mantener el pelo corto y las damas deben mantener su pelo tomado dejando el rostro descubierto con coles gris o rojo. o) No se permite el uso de accesorios, como: piercing, expansiones, gorros, maquillaje (esmalte de uñas, diseños de fantasía, uñas postizas, lápiz labial, máscara de pestañas, sombras y delineador de ojos) y aros colgantes. p) No se permite el abandono de estudiantes del establecimiento sin autorización de inspectoría, aunque lo realice por un acceso establecido. Esta falta será considerada como fuga. q) En el caso de los días de jeans day, se autoriza al estudiante que asista con jeans, pero manteniendo el uso de polerón de polar y polera institucional. IV.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS En este apartado, el establecimiento solicita el apoyo y la participación comprometida y efectiva de los Padres y/o Apoderados. Es deber de La Familia y el Colegio enseñar a los niños(as) y jóvenes sus derechos, sus deberes y respetar las normas que los rigen con el objeto de vivir en un ambiente de armonía, respeto, orden, disciplina y sana convivencia. Además, promueve normas de interrelación entre los distintos miembros de la comunidad escolar y cómo debe procederse. Todo apoderado tiene derecho a: a) A ser escuchado, en relación a reclamos, inquietudes o sugerencias, de acuerdo al horario de atención de los docentes o directivos. Recibir información académica, disciplinaria o de convivencia, aclarar dudas, presentar discrepancias o realizar sugerencias que consideren pertinentes, siguiendo el conducto regular del Colegio. Ante eventos de reclamos que afecten a su(s) pupilo(s) el conducto a seguir contemplará los siguientes pasos: Ámbito Académico: Inicialmente, comunicarse con el Profesor de la asignatura o subsector respectivo y luego, si es necesario, con el Profesor Jefe. De no haber una solución satisfactoria corresponderá dirigirse al Jefe de U.T.P. del ciclo académico respectivo. Como última instancia, corresponderá la entrevista con Dirección del Establecimiento. 5
Ámbito Disciplinario: Comunicarse con el Profesor correspondiente y/o Inspector, según corresponda. De no encontrar solución al problema, deberá dirigirse al Inspector General del Colegio. Como última etapa corresponderá la entrevista con Dirección del Establecimiento. b) Recibir para sus hijos, por parte del establecimiento, el cumplimiento de los objetivos de aprendizaje contemplados por el Ministerio de Educación para los diferentes niveles. c) Ser informado oportunamente del proceso Enseñanza Aprendizaje del estudiante. d) Aportar ideas y sugerencias que faciliten el desarrollo de planes de enseñanza. e) Ser representado por una directiva elegida democráticamente tanto al interior del curso como del Liceo (Sub centro y Centro General de Padres). f) Solicitar el desarrollo del plan de trabajo del Sub centro y Centro General de Padres. g) Ser informado y conocer el destino de los fondos de tesorería recaudado por el Sub centro y Centro General de Padres. h) Participar, en las actividades programadas para padres de familia y representar a su hijo en todas aquellas actuaciones en las que sea necesario o conveniente y, especialmente, en las audiencias que se les juzgue por faltas a la disciplina. i) académicos y conductuales del estudiante. Ser orientados e informados para enfrentar adecuadamente problemas j) Ser invitado e informado a escuchar la Cuenta Pública Anual rendida por el Sostenedor o su representante legal. k) Apelar a la Dirección del establecimiento cuando sea exonerado de su condición de Apoderado(a). l) Apelar a las sanciones, para ello dispondrá de un plazo de 15 días posterior a la sanción. La apelación debe ser entregada por escrito a la Dirección del establecimiento, la cual será revisada por el Consejo de Profesores. Todo apoderado tiene el deber de: a) Como núcleo fundamental de la sociedad la familia debe velar por el bienestar general del estudiante, en lo referido a la presentación personal, materiales requeridos, tareas y trabajos, cumplimiento de los horarios, apoyo en el desempeño académico, conducta, consulta a especialistas en necesidades educativas especiales cuando se requiera, y a la posterior aplicación del tratamiento señalado, necesidades médicas, etc. 6
b) Conocer y acatar las normas de los Reglamentos del Liceo, tanto las referidas al Manual de Convivencia Escolar, como a las del Reglamento de Evaluación y Promoción. Adhiriéndose a nuestro Proyecto Educativo. Siendo el primer responsable sobre el desempeño y comportamiento del estudiante. c) Cumplir con las normas referidas a documentación al momento de matricular al estudiante. d) Responsabilizarse del traslado del estudiante desde el hogar al Liceo y viceversa, siendo ésta de manera puntual. Informando cualquier cambio de domicilio o número telefónico. e) Responsabilizarse por la reposición o reparación de cualquier daño ocasionado por el estudiante a las dependencias, artefactos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes al Liceo. Cuya reparación, reposición o pago del deterioro, no excederá a los treinta días de ocurrido el acontecimiento. f) Asistir a todas las reuniones a que se les cite con puntualidad, sean estas a nivel personal, de curso, U.T.P, Inspectoría General, Equipo Convivencia Escolar, Centro General de Padres o Dirección, dada la importancia que tienen en el proceso educativo del estudiante. En caso de no poder asistir a la citación deberá enviar por escrito su justificación, indicando día y hora que acudirá al establecimiento. g) Revisar diariamente los cuadernos, libros y libretas de comunicaciones a fin de enterarse sobre la marcha del proceso educativo. h) Velar por la asistencia diaria a clases y la entrega a tiempo de documentos (médicos, permisos, etc.). i) Regular los artículos que el estudiante trae al establecimiento (juguetes, juegos electrónicos, celulares, tablet, planchas de pelo, notebook, MP3, joyas, etc.) que puedan interrumpir la labor educativa, debido a la distracción o pérdida de estos. Entendiendo que el uso de aparatos tecnológicos quedan prohibidos durante la hora de clases y que el establecimiento no se responsabiliza por la pérdida de éstos. l) Designar a un apoderado suplente de su pupilo entregando los datos fidedignos de su persona. Si desea cambiar el apoderado debe hacerlo personalmente en Subvención. m) Si un profesional del establecimiento educacional considera que el alumno necesita ser evaluado por un especialista y traer un diagnóstico, es responsabilidad del apoderado gestionar la atención médica, no excediendo un plazo de 30 días para presentarlo. n) Dirigirse con respeto a los funcionarios del establecimiento y seguir los conductos regulares. o) El retiro del alumno debe ser realizado por el primer o segundo apoderado personalmente. 7
p) Entregar al establecimiento toda documentación judicial actualizada relacionada con el alumno (tribunales de familia, fiscalía, carabineros, PDI, etc.) q) Velar que los alumnos asistan a clases con los materiales solicitados (No se recibirán materiales en horario de clases, debido a que estas constantes interrupciones afectan el aprendizaje de sus hijos) V.- PRESENTACIÓN PERSONAL Varones: Pantalón gris tradicional corte de pierna recta a la cintura, sin elástico en las bastillas ni pitillos, polera piqué roja con ribete gris, polerón de polar rojo con mangas color gris, con insignia exclusiva del liceo y sin capucha, medias color gris, zapatos negros. Damas: Falda tableada gris con una rebeca de 12 cm., hasta la rodilla, polera piqué roja con ribete gris, polerón de polar rojo con mangas de color gris, con insignia exclusiva del liceo y sin capucha, medias color gris, zapatos negros. En temporada de invierno se autoriza el uso de pantalón gris de tela, sin pitillos, ni elásticos. a) Para los estudiantes de segundo ciclo en adelante, el uso de delantal blanco en horarios de laboratorio de ciencias es obligatorio. Uniforme de educación física y actividades deportivas: Es de uso exclusivo para actividades de educación física, respetando el diseño tradicional de las prendas, vale decir, éste no debe ser modificado (como ajustarlo en las piernas tipo calzas o pitillos). Buzo deportivo gris con rojo, polera de gimnasia gris con rojo con insignia del colegio, short o calzas grises, zapatillas negras o blancas. Por normas de higiene la clase de Ed. Física debe realizarse con short o calzas. Se sugiere traer útiles de aseo y polera de cambio. Uniforme para salidas a terreno, desfiles y otros: Uniforme de Atención de Párvulos: pechera, chaleco azul marino (sin estampado), pantalón de color azul marino y buzo del colegio en las horas de Educación Física. Uniforme de Atención de Enfermería: traje de dos piezas color celeste con blanco (de acuerdo a Ministerio de Salud), chaleco blanco o celeste (sin estampado): buzo del colegio, en Educación Física. Para los días regulares los estudiantes de T.P deben venir con su uniforme de uso cotidiano. 8
Uniforme para ceremonia de titulación, graduación, premiación, licenciatura y desfile: Los estudiantes deben asistir con su uniforme en buen estado. Varones: pantalón gris, camisa y corbata institucional Damas: falda gris, camisa y corbata institucional NOTA: No está autorizado el uso de: correas brillosas, hebillas llamativas y ropas de uso diario como: zapatillas de colores vistosos, chaquetas de cualquier otro color que no sean los institucionales, jockey, pitillos o pantalones hip-hop, polerones con capuchas ajenas al uniforme antes mencionado y accesorios incrustados en la piel. VI.- LAS FALTAS 6.1 Faltas de los estudiantes Nuestro establecimiento concibe el acto formativo y educativo como un aspecto integral en el desarrollo de los alumnos, es así que declaramos la disciplina como uno de los valores fundamentales a adquirir en nuestro proceso escolar, por lo que esperamos que el apoderado asuma esta responsabilidad. En función de lo anterior toda falta disciplinaria se considerará por, su carácter, magnitud y características en: FALTAS LEVES, GRAVES. Y MUY GRAVES. Faltas leves: Son todas aquellas situaciones que pueden ser corregidas inicialmente a través del diálogo (amonestación verbal). Presentación personal inadecuada. No usar el uniforme establecido por el colegio. Traer maquillaje: en el rostro y uñas en damas y varones. Presentarse al establecimiento desaseado, sin afeitar y/o despeinados. No trabajar en clases. Faltar el respeto a los símbolos patrios. No ingresar puntualmente al inicio de la jornada, a la vuelta del recreo, desayuno o almuerzo. Tener un mal comportamiento en actos cívicos matinales o en actos oficiales. Fuera o dentro del Liceo. Tener mal comportamiento en las salidas a terreno o en eventos en representación del Liceo. Presentarse sin sus materiales, cuadernos y libros u otros solicitados por los docentes. 9
No respetar los conductos regulares del Liceo para todos los efectos en cualquier situación. Usar celulares, agendas digitales, equipos musicales, audífonos en clases, entendiendo que el uso de estos objetos en el aula, afecta negativamente el aprendizaje del alumno. Interrumpir reiteradamente las clases, con advertencia previa del profesor. Faltar a un desfile escolar, habiendo un compromiso previo (sin justificativo). Faltas graves: Son todas aquellas conductas que afecten al normal proceso educativo, académico, formativo y valórico, ya sea a nivel de aula o extra aula que atenten contra la imagen del colegio; o que supongan daño o perjuicio a los demás. Ensuciar, rayar o estropear la sala, mesas, sillas, mobiliario, patios, pasillos y baños del Liceo. Desafiar o negarse a realizar el trabajo asignado en clases por el profesor correspondiente. Tener contacto de cualquier tipo (conversar, recibir, entregar, guardar, intercambiar, etc.) con personas ajenas al establecimiento a través de portones o rejas que dan al exterior. Demostraciones físicas excesivas de cariño, entendiendo que este tipo de actos pertenecen al ámbito privado de una relación de pareja y que el patio es compartido por estudiantes de todos los niveles. Incitar a la violencia de cualquier tipo (verbal, psicológica, física, social, cibernética, etc.) Provocar daños a la propiedad privada, ya sea de sus compañeros, del personal del establecimiento, o del Liceo. Faltar a las evaluaciones o pruebas sin justificación (contemplado en el Reglamento de Evaluación y Promoción). No reponer daños provocados a la propiedad privada de compañeros, funcionarios o del Liceo. Utilizar lenguaje o gestos vulgares con compañeros, profesores, administrativos y todo funcionario perteneciente al establecimiento. Copiar de cualquier manera en las evaluaciones utilizando o no, elementos simples (torpedos) o elementos electrónicos. Presentar conductas que atentan con la moral y buenas costumbres, en clase o cualquier dependencia del Liceo. Consumir sustancias tales como: cigarrillos, medicamentos (psicotrópicos y 10
estupefacientes, sin prescripción, ni autorización médica), bebidas alcohólicas, marihuana, cocaína, pasta base, inhalantes, aerosol, y otros de la misma naturaleza, vistiendo el uniforme del colegio dentro o fuera del establecimiento. En caso que el alumno sea menor de edad y el adulto responsable a cargo del menor autorice el consumo o lo haga bajo su conocimiento, el establecimiento hará la denuncia correspondiente a vulneración de Derechos ante el Tribunal de Familia. Abandonar el Liceo (fugarse) antes de la hora de salida, o entre clases, incluyendo reforzamientos y talleres; independiente si es por una salida habilitada o no habilitada. Se incluye la fuga interna. En caso de urgencia de retiro el alumno debe solicitar el permiso a Inspectoría. Faltar a un evento extraescolar, habiendo existido un compromiso previo. Abandonar la sala de clases sin autorización. Provocar desorden en actividades de aula o de patio. Ingresar y/o promover, dentro del establecimiento material pornográfico de cualquier índole. Ser sorprendido mirando material pornográfico de cualquier índole, independientemente de si fue él quien lo trajo. Faltar a clases sin consentimiento de padres o apoderados. No entregar citación o no informar de citación a su apoderado. Practicar juegos bruscos que atenten contra la seguridad o integridad de las persona Faltas muy graves: Son las que atentan contra la integridad física y moral de las personas; así como también todas aquellas que están penadas por el código de procedimiento civil y penal. Portar sustancias tales como: cigarrillos, medicamentos (psicotrópicos y estupefacientes, sin prescripción, ni autorización médica), bebidas alcohólicas, marihuana, cocaína, pasta base, inhalantes, aerosol, y otros de la misma naturaleza, con el fin de traficar, regalar, compartir, promover, vender, etc. Agredir verbal, física o psicológicamente a un miembro de la comunidad educativa. Sustraer y esconder objetos ajenos tanto de los compañeros, como funcionarios del colegio. Perseguir, amenazar, molestar o acosar a un compañero haciendo alusión a características físicas, psicológicas, condición socioeconómica, credo religioso, orientación sexual, nacionalidad, etc. Portar elementos corto punzantes (cuchillos, punzones, navajas, etc.), elementos contundentes (cadenas, reglas de metal, bastones, palos que induzcan a la agresión, etc.), o armas (hechizas, pistolas, electroshock, gas 11
pimienta, armas blancas de cualquier tipo, etc.) tanto dentro del Liceo como en el trayecto entre la casa y éste. Faltar el respeto a cualquier funcionario del establecimiento, insultando, denostando, injuriando, garabateando, elevando el tono de voz, haciendo ademanes con las manos, usando frases descalificadoras, humillantes, hirientes, etc. Desafiar y no obedecer las órdenes de los funcionarios. Reducir objetos sustraídos a sus compañeros y/o funcionarios del establecimiento en beneficio personal. Confabular o concertarse para la realización de actos ilícitos (robos, peleas, agresiones, etc.) dentro o fuera del establecimiento. Manipular dentro del Liceo sustancias explosivas, extintores, bombas molotov, gas pimienta, bromas químicas o peligrosas. Abusar o acosar sexualmente a sus compañeros(as) y/o funcionarios del establecimiento, tanto del mismo sexo como del opuesto. Realizar actos de connotación sexual (actitudes, frases) en contra de compañeros o funcionarios. Abusar deshonestamente de sus compañeros (as), hablando o mostrando material pornográfico de cualquier índole, tocando sus partes íntimas, sometiendo por la fuerza (caricias, besos, etc.) a compañeros del mismo sexo o del sexo opuesto. Presentar comportamientos sexuales activos dentro del establecimiento. Participar en la sustracción, alteración y /o destrucción del libro de clases o cualquier documento oficial del establecimiento, se incluyen las evaluaciones. Engañar, cometer fraude o trampas utilizando documentos o certificados médicos que conllevan una justificación para subir una nota, justificar una falta a una evaluación o una inasistencia. Utilizar cualquier medio tecnológico o red social para agredir, menoscabar, insultar, difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa. Nota: Cualquier conducta no estipulada en el Manual de Convivencia, será analizada por el Equipo de Convivencia y se le aplicará la medida o sanción que corresponda. VII.- MEDIDAS ANTE FALTAS COMETIDAS Las sanciones que se explicitan en este Manual, operarán, según el orden, luego de haber aplicado las siguientes estrategias o acciones formativas: 12
1) Conversación y orientación con registro escrito en Hoja de entrevista (formato) del Profesor(a) jefe con el alumno(a), sobre la conducta a corregir. 2) Conversación y orientación con registro escrito en Hoja de entrevista (formato) del Inspector(a) con el alumno(a), sobre la conducta a corregir. 3) Anotación en la hoja de observaciones del libro de clases. 4) Entrevistas del Profesor(a) con el Apoderado y/o el Alumno(a), registrada en Hoja de Entrevista. 5) Derivación al Equipo de Convivencia, según sea el caso, si amerita para que inicien el apoyo especializado a objeto de alcanzar un cambio positivo de la conducta y/o un mejoramiento de sus evaluaciones (anexando entrevistas anteriores y una copia de las observaciones en el libro de clases.) 6) Solicitar a los Padres, apoyo especializado externo, si la situación lo amerita. 7) En el caso que el alumno cometiere una falta dependiendo de su magnitud y gravedad, Inspectoría procederá a entregar una medida pedagógica o disciplinaria para corregir la conducta del estudiante. 8) En casos de estudiantes cursantes desde Kínder a 4° Básico, se solicitará acompañamiento en aula: el apoderado deberá acompañar a su pupilo a clases por un período breve y definido por UTP, con el fin de apoyar al niño/a en su proceso escolar, para facilitar su adaptación a las normas y fortalecer su autorregulación. 9) Si el alumno persiste en cometer recurrentemente faltas graves o muy graves, a pesar de trabajar con medidas pedagógicas, pero sin mostrar un cambio positivo en su conducta; Inspectoría procederá a cursar la condicionalidad al alumno. 10) Cambio de ambiente pedagógico interno, si se amerita (previa evaluación de UTP y Equipo de Convivencia) 11) Si el alumno insiste en mantener una conducta agresiva y/o violenta, que atente contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, se procederá a la aplicación de la medida de suspensión (medida de carácter excepcional) 12) Entrevista del apoderado con Directora, quien plantea la inconveniencia de las conductas del estudiante, informando sobre posibles sanciones y seguimiento del plan de intervención a favor del estudiante. 13) En caso de que un alumno condicional continúe cometiendo faltas; se procederá a la condicionalidad extrema. 14) Si el alumno insiste en mantener la conducta negativa, sin adherirse al Manual de Convivencia se aplicará la No Renovación de Matrícula para el año escolar siguiente, medida aplicada por la Directora. 15) Cuando la conducta del alumno atente contra la integridad física y/o psicológica 13
de cualquier miembro de la comunidad educativa, sin perjuicio de todas las medidas de apoyo que se hayan aplicado al alumno; se procederá, como medida de carácter extremo y excepcional, a la expulsión del alumno del establecimiento. Esta medida debe ser aplicada por la Directora y se informará a la Superintendencia de Educación en un plazo de 5 días, a fin de que ésta revise el cumplimiento del procedimiento. De ser necesario, se pedirá que el alumno no asista al establecimiento durante el período de apelación, para proteger la integridad de la(s) víctima(s). 16) Derecho a apelación. Toda persona tendrá el derecho de apelar por única vez a la medida disciplinaria informada; teniendo como plazo máximo 15 días desde que ha sido notificada. 17) La directora convocará al consejo de profesores del ciclo correspondiente para recoger antecedentes respecto de la apelación del apoderado. Sin embargo, este consejo es consultivo, no resolutivo. 18) Finalmente, la Directora informará al apoderado de la respuesta de apelación a la medida. Nota: La suspensión de clases de un estudiante es considerada una medida de carácter excepcional. La suspensión no puede aplicarse por períodos que superen los 5 días, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar una vez por igual período. La suspensión indefinida y reducción de jornada escolar, son medidas prohibidas por la normativa educacional, y sólo podrán aplicarse excepcionalmente si existe un peligro real (no potencial) para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá ser debidamente acreditado. Las sanciones considerarán criterios con que se definirán las medidas, como son: Edad (si pertenece al primer ciclo, la situación se debe evaluar) El grado de responsabilidad. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. La conducta anterior del responsable. Haber actuado en anonimato o identidad falsa. El riesgo que ponga en peligro a sus pares y a la comunidad educativa. VIII.- CONDICIONALIDAD Todo estudiante que de manera reiterativa (sobre cinco faltas graves o tres faltas muy graves) infrinja las normas establecidas en el Manual de Convivencia, pasando por la gradualidad de sanciones y medidas sin mostrar un cambio significativamente positivo, quedará en situación de condicionalidad por el semestre vigente, situación que será revisada al final de cada semestre, independiente de la fecha en la que se haya aplicado. Esta situación la 14
informará el Inspector General al apoderado quedando registro en el libro de clases. Los estudiantes que se encuentren en situación de “condicionalidad” deben mostrar un cambio significativo en su conducta, dentro del semestre, lo cual debe expresarse en una hoja de vida sin observaciones negativas de carácter grave y que afecten la sana convivencia y apoyo permanente del apoderado, ocurriendo esto, se levanta la condicionalidad. En caso contrario se aplicará la condicionalidad extrema. El apoderado de estudiante en situación de condicionalidad, deberá presentarse una vez al mes con docente jefe en la atención de apoderados, para tomar conocimiento de la evolución conductual de su pupilo. Tanto su asistencia como inasistencia será registrada, ya que se necesita de su apoyo permanente para lograr un avance con el estudiante. CONDICIONALIDAD EXTREMA Procede cuando se reitera la falta que llevó a la aplicación de la medida de Condicionalidad, como una última oportunidad antes de la No Renovación de Matrícula, o bien cuando la gravedad de la falta cometida lo amerite por sí misma. El Inspector General con el Profesor Jefe y la Encargada de Convivencia serán quienes propondrán esta medida, la que será ratificada, rechazada o modificada por la Directora. El apoderado será citado por el Inspector General y el Profesor(a) Jefe para analizar la situación del (la) alumno(a) con respecto a la gravedad de la(s) falta(s) e informar la medida aplicada y se firmará la medida de extrema condicionalidad y un acuerdo de cambio que debe asumir el alumno con su apoderado con el objeto de desarrollar aquellas áreas débiles. Siempre se deberá escuchar al alumno y al apoderado, debiendo dejar por escrito las defensas o descargos que expongan. De igual manera que en la CONDICIONALIDAD, el apoderado del estudiante en situación de condicionalidad extrema, deberá presentarse una vez al mes con docente jefe en la atención de apoderados, para tomar conocimiento de la evolución conductual de su pupilo. Tanto su asistencia como inasistencia será registrada, ya que se necesita de su apoyo permanente para lograr un avance con el estudiante IX.- NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA O EXPULSIÓN La no renovación se aplicará cuando el alumno no muestre ningún cambio en su conducta afectando a su entorno y/o represente un riesgo para sus pares o cualquier miembro de la Comunidad Educativa, amenazando la Sana Convivencia Escolar del establecimiento. Previo a ello, se realizará un proceso de acompañamiento y seguimiento al plan de intervención diseñado para el alumno. De ser necesario, se hará un cambio de ambiente pedagógico 15
interno. Se agotarán todas las instancias posibles para evitar esta medida, como derivaciones a redes de apoyo externas, orientaciones al apoderado y apoyo al grupo curso. Los estudiantes que se encuentren en situación de “condicionalidad extrema”, y que no se adhieren a nuestro Proyecto Educativo del establecimiento, que no muestran un cambio positivo significativo en su conducta, y en su defecto siguen trasgrediendo las normas del establecimiento poniendo en riesgo la integridad física o psicológica de cualquier integrante de la comunidad educativa; el Liceo Academia Nacional procederá a no renovar la matrícula del alumno para el año lectivo siguiente, previo a un proceso de evaluación. La expulsión se aplicará como medida excepcional, cuando el alumno incurra en hechos graves de violencia por “tratarse de una conducta que atenta directamente contra la integridad física o psicológica de algunos de los miembros de la comunidad escolar” de conformidad al párrafo 3° del Título I del decreto con fuerza de Ley n° 2, de 2009. Ambas medidas disciplinarias sólo serán aplicadas por la Dirección del establecimiento, con el fin de velar y resguardar la seguridad de nuestros alumnos y/o funcionarios, previa evaluación del Consejo de Profesores (ciclo correspondiente). Una vez informada la medida disciplinaria de no renovación o expulsión, la Dirección del establecimiento deberá informar sobre la misma a la Superintendencia de Educación en un plazo de 5 días hábiles, a fin de que ésta revise el cumplimiento del procedimiento. X.- APELACIÓN Toda persona tendrá el derecho de apelar por única vez a la medida disciplinaria informada; teniendo como plazo máximo 15 días desde que ha sido notificada. La apelación a la medida disciplinaria deberá realizarse por medio de una carta dirigida a la Directora del establecimiento. Dicho proceso será evaluado por el Consejo de Profesores (del ciclo correspondiente), siendo la Directora quien decide acoger o rechazar dicha apelación. La respuesta se entregará por carta al apoderado. XI.- MEDIDAS PEDAGÓGICAS Las sanciones deben permitir que los estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ello y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño. Para ser formativas, reparadoras y eficientes las sanciones deben ser coherentes con la falta. Por lo tanto, es esencial el apoyo de los padres y apoderados para lograr una formación integral de nuestros estudiantes. 16
Tipo de medida pedagógica Servicio Comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad escolar. Ésta debe tener relación con la falta e implica hacerse cargo de su infracción a través de un esfuerzo personal. Ejemplo: Limpiar algún espacio del establecimiento: patio, pasillo, su sala. Ayudar en los recreos a cuidar a los estudiantes de menor edad. Ordenar materiales en la biblioteca u otra dependencia. Hermosear el colegio con áreas verdes. Ayudar a un auxiliar por un día. Cooperar en la entrega de colaciones en el comedor de Junaeb, etc. Cumplir labor de inspector de patio en pre básica, o 1º y 2º básico por un día. Servicio Pedagógico: Contempla una acción del estudiante, asesorado por un funcionario en actividades como: Recolectar o elaborar material para estudiantes de niveles inferiores al suyo. Ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases (según sus aptitudes). Acompañar a docente durante una jornada con actividad designada. Clasificar textos en biblioteca según su contenido. Apoyar a estudiantes menores en sus tareas. Apoyar a una docente de I Ciclo como asistente de aula. Dirigir alguna actividad recreativa, etc. En caso de que el estudiante llegue atrasado luego de un cambio de hora, facultará al docente para realizar preguntas de conocimiento relacionadas con el contenido de la asignatura frente al curso. De reparación: Acción que permita comprender el impacto de sus acciones en la comunidad escolar y que tenga como fin reparar daños a terceros. Ejemplo: Presentar disertación oral relacionada con la falta en su propio curso (ya sea discriminación, agresividad, violencia en general). En caso de reincidir en la falta, la medida pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como: realizar presentación oral en el curso paralelo o curso superior, entregar recuerdos para el curso en que hará la presentación, dramatizar la temática, participación presencial del 17
apoderado en la actividad en que hará dicha presentación oral. Elaborar un vídeo educativo relacionado con la falta cometida, para ser presentado frente a su curso. En caso de reincidir en la falta, la medida pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como: realizar presentación oral en el curso paralelo o curso superior, entregar recuerdos para el curso en que hará la presentación. En caso de agresión a algún funcionario por un alumno de primer ciclo, éste deberá plasmar en un dibujo, trabajo manual, tarjeta, las disculpas hacia el adulto. En caso de reincidir en la falta, el apoderado deberá presentarse a pedir disculpas junto al alumno. Trabajar en un stand formativo donde puede elaborar material de difusión con respecto a valores. Elaborar afiches y distribuirlos por todo el establecimiento (lugares visibles), de acuerdo a la temática de la falta. Elaborar volantes para ser distribuidos a los alumnos en los recreos, de acuerdo a la temática de la falta. El alumno deberá realizar una actividad artística, de acuerdo a sus habilidades, para sus compañeros en el recreo asignado. (baile, pintura, poema, juegos, canciones, etc.). Para promover la Sana Convivencia Escolar. Si rompe un cuaderno o parte de él, deberá copiar nuevamente los contenidos o reponerlo. Pedir disculpas al compañero afectado, en caso de reincidir en la falta, la medida pedagógica incorporará variaciones graduales, tales como: hacer una carta de disculpa supervisada por docente jefe, leer carta de disculpas frente al curso, la cual vendrá firmada por el apoderado, pedir disculpas frente a los apoderados del afectado. Reponer objetos que haya extraviado, dañado o sustraído del establecimiento. Limpiar cualquier mobiliario que haya rayado. En caso de reiteración de la falta, deberá venir acompañado del apoderado a reponer lo dañado o hermosear el establecimiento, etc. NOTA: Estas medidas necesitan ser informadas al estudiante y al apoderado para ser ejecutadas. Si el apoderado no se hace presente a la tercera citación, se dará por asumida la participación del alumno. Los responsables de designarlas pueden ser el Profesor jefe, Inspectoría, U.T.P., o Equipo de Convivencia Escolar (informando al Inspector de nivel, ya que ellos tienen el registro). Sin embargo, los responsables de velar por el cumplimiento de las medidas será Inspectoría. En caso de que un apoderado o el estudiante se niegue a realizar la medida 18
pedagógica, se registrará en el libro de clases y el Inspector General se entrevistará con dicho apoderado para registrar por escrito los motivos y encuadrar respecto de nuestro proyecto educativo y la importancia de contar con el apoyo de la familia para lograr la formación integral del estudiante. La reiteración del no cumplimiento de 3 medidas, se procederá a cursar la condicionalidad por no adherir a nuestro proyecto educativo. En el caso de que se mantenga la postura de no cumplimiento, se entenderá que el apoderado no adhiere a nuestro proyecto educativo y manual de convivencia, por lo tanto, es una causal de no renovación de matrícula para el año lectivo siguiente. XII.- MEDIDAS Y SANCIONES A LOS APODERADOS Si el responsable fuere el padre/madre o apoderado de un estudiante, en casos graves o muy graves se podrán disponer medidas como: denuncia ante la entidad respectiva (Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del Ministerio Público o los Tribunales competentes) dentro del plazo de 24 horas de haber tomado conocimiento del hecho (de acuerdo a lo establecido en los artículos 175° y 176° del código procesal penal). Además se solicitará designar un nuevo apoderado o dictaminar la prohibición de su ingreso al establecimiento (sólo del apoderado en cuestión). Los responsables de aplicar estas medidas serán la Directora o el Inspector General. Es deber del apoderado indicar a otro adulto responsable que figure como apoderado suplente, en caso de no poder contactar al apoderado titular, o en caso de que éste no respete el Manual de Convivencia. Faltas de los apoderados: a) Faltar a cualquier punto contemplado en los deberes del apoderado. b) Ejercer violencia física y/o psicológica, sobre su pupilo (a). El Liceo tiene la obligación legal de dar aviso a los organismos pertinentes de cualquier situación de vulneración de derechos, ej.: violencia intrafamiliar y/o sospecha de ésta. c) Fumar y/o consumir bebidas alcohólicas dentro del Liceo, en actividades familiares que éste organice. d) Serán considerados apoderados no gratos, aquellos apoderados que tengan disconformidad en el quehacer educativo, y no sigan los conductos regulares para manifestar su descontento (Docente, Inspectoría y/o U.T.P y Dirección), y contaminen la Sana Convivencia, entorpeciendo el quehacer educativo y/o dañando la imagen del Liceo. e) Desacreditar y difamar a la persona jurídica del Liceo, como el Cuerpo Directivo, docente, asistentes de la educación o cualquier funcionario. 19
f) Hacer mal uso de dineros recaudados por Subcentro y Centro General de Padres. g) Insultar y/o dar un trato vejatorio a los funcionarios de este establecimiento educacional. h) Agredir verbal, gestual y físicamente a un estudiante o funcionario del establecimiento educacional. i) No cumplir con el reglamento interno del Liceo, haciendo caso omiso a sus disposiciones constituyendo esta actitud un agravio a las normas educativas del Liceo. j) Enviar al niño sin cuidar la higiene personal de su pupilo (desaseado, mal oliente, cabello sucio, etc.). k) Enviar al niño cuando presente enfermedades infecto-contagiosas (rubéola, varicela, impétigo, escabiosis, etc.). O enfermedades parasitarias como enterobius vermicularis (piduyes), pediculosis, etc. El Liceo suspenderá temporalmente al alumno a fin de que realice el tratamiento médico necesario, y se reintegre a él sin riesgo de contagio para el resto de los miembros de la Comunidad Educativa. l) No presentarse a citaciones de cualquier estamento de la Comunidad Educativa: UTP, Inspectoría, Equipo de Convivencia, Jefatura. Entendiéndose que éstas son exclusivamente en beneficio del alumno. O retirarse de ésta de manera molesta o agresiva, dejando al funcionario solo y sin terminar la entrevista. m) No asistir a reuniones de apoderados. La inasistencia a tres reuniones sin justificar, faculta al colegio para solicitar el cambio de apoderado. Nota: En el cambio de apoderado se dará prioridad al apoderado suplente. De no existir un apoderado suplente, o nadie que lo reemplace y sólo queda el apoderado titular, se le regulará el acceso al colegio (no podrá asistir a las reuniones de apoderados), se designará a un funcionario para que lo contacte y pueda agendar una hora para tener una entrevista e informarse sobre el proceso educativo de su pupilo. XIII.- CONVIVENCIA ESCOLAR La Ley sobre Violencia Escolar entiende la Sana Convivencia Escolar, como “La coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una Sana Convivencia Escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Basados en la Política de Convivencia Escolar, editada el año 2011 y afirmada en tres ejes esenciales: a) Tiene un enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con otros. 20
b) Requiere de la participación y compromiso de toda la comunidad educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidad de cada actor y estamento. c) Todos los actores de la Comunidad Educativa son sujetos de derecho y de responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la dignidad de todos y todas. Por maltrato escolar se entenderá: “cualquier acción u omisión intencional, ya sea en forma física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de cualquier medio tecnológico o cibernético, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa con independencia del lugar en que se cometa.” El maltrato escolar es producir un temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. Equipo de Convivencia Escolar Existirá un Equipo de Convivencia Escolar conformado por una Encargada de Convivencia, quien junto a las diferentes profesionales: Orientadora, Psicóloga I ciclo, Psicólogo II ciclo, Trabajadora Social, Psicopedagoga y Educadora Diferencial; se encargarán de implementar el Plan de Convivencia Anual del establecimiento y velarán porque se cumpla cada acción. De esta manera, se procurará que exista un ambiente afectivo y respetuoso entre todos los integrantes de la comunidad educativa. NOTA: Cabe la responsabilidad en los estudiantes, padres, apoderados, profesionales, asistentes de la educación, equipo docente y directivos de manera obligatoria informar todas las situaciones de violencia, de agresión u hostigamiento una vez que tomen conocimiento de ello. El equipo de Convivencia deberá preocuparse de los actos de violencia que ocurran tanto dentro y fuera del establecimiento. XIV.- MEDIACIÓN ESCOLAR El establecimiento contará con un grupo de estudiantes y funcionarios capacitados en mediación escolar. El establecimiento contará con un equipo de mediadores escolares, que facilite los procesos de mediación, siendo considerados como facilitadores del buen clima escolar, éstos proporcionará información y contarán con el siguiente perfil: Conducta destacada, haber demostrado honestidad y respeto por sus pares y docentes, tener habilidades sociales para lograr solucionar conflictos de manera positiva. 21
Se derivarán a mediación escolar conflictos mutuos, considerados como leves a graves. Se actuará de acuerdo al protocolo de Mediación Escolar. El proceso que conlleva la mediación escolar es carácter confidencial y será oportunamente informado a los docentes de jefatura correspondiente, dejando registro de ésta. Son de forma voluntaria y que no exime a los estudiantes de sanciones o responsabilidades. El encargado de Convivencia Escolar será quien vele por el proceso de derivación a mediación escolar. XV.- FUNCIONAMIENTO INTERNO Entrevistas: Los docentes podrán citar y/o recibir solicitudes de atención de apoderados en los horarios destinados para esos efectos. Las entrevistas con Directivos podrán ser solicitadas por apoderados, cuando los casos escapen a la competencia del Profesor Jefe o de asignatura, respetando siempre el conducto regular de atención. Todas las entrevistas, deberán ser registradas por escrito, consignándose en hoja de entrevistas, bajo firma del apoderado. Retiro de alumnos. Horarios de retiro: Las clases no serán interrumpidas por el retiro de alumnos. Estos serán entregados al apoderado en horario de recreo para no dificultar el proceso de enseñanza y aprendizaje. El apoderado debe presentarse en el Liceo 10 minutos antes del término de cada bloque para realizar el retiro del alumno. Dicho retiro se efectuará siempre por el primer o segundo apoderado que figura en la ficha de matrícula. Es preciso destacar, que no se permite el retiro de alumnos en el horario de colación, por tanto, no ingresarán apoderados entre las 12.30 a 14.15 hrs. al Liceo. Salvo casos excepcionales, como una emergencia de salud, familiar, etc. El apoderado deberá retirar o hacer retirar a su pupilo en horario de salida de clases, en un tiempo máximo de 15 minutos después de la hora de salida especialmente alumnos de Transición, NB2, el profesor jefe y /o inspectoría se contactará por teléfono con el apoderado para saber a que se debe la tardanza en el retiro del alumno/a, esta situación extraordinaria debe quedar consignada en el libro de entrevista de apoderados. 22
En casos extraordinarios el apoderado podrá retirar a su pupilo personalmente antes de la hora de salida, firmando el libro de registro respectivo. En casos excepcionales, en donde el apoderado titular y suplente, no puedan retirar al alumno, se deberá avisar telefónicamente al Inspector General que su pupilo se retire del establecimiento. Reuniones de apoderados: El establecimiento cita a reuniones de apoderados mensualmente. Éstas son de carácter obligatorio, informativo, pedagógico y organizativo. Tienen directa relación con el proceso de enseñanza de los alumnos, por lo tanto es deber de los apoderados presentarse a todas ellas y hacerlo de forma puntual. Faltar a una reunión de apoderados constituye una falta, el colegio no reemplaza a la familia, ya que sin ella no se puede educar, el apoderado que no pueda asistir a reunión debe justificarse con anticipación ante el profesor jefe, quien informará a inspectoría. La justificación debe hacerse presencialmente, o en su defecto enviar la excusa por escrito con RUN y firma del apoderado. Las reuniones de apoderados constan generalmente de temáticas generales. Cabe resaltar que los temas personales de cada alumno son tratados en las entrevistas de apoderados y no en reunión, a no ser un tema de interés o incumbencia de todo el grupo curso. La no asistencia a tres reuniones de apoderados sin justificar, faculta al establecimiento a pedir un cambio de apoderado. Paseos de cursos y salidas pedagógicas Giras de estudio a. En cuanto al comportamiento de los estudiantes en Giras de Estudio o salidas a terreno prolongadas, estos quedan sujetos de igual modo, al Manual de Sana Convivencia del Liceo, sobre todo en lo que se refiere a porte y consumo de tabaco, bebidas alcohólicas, drogas, conductas reñidas con la moral, agresión a compañeros o profesores, obstaculización de las actividades programadas por actos deliberados, etc. b. Queda prohibido abandonar los lugares de alojamiento, reunión o de actividades programadas sin autorización del profesor. c. Quedan prohibidos actos de desorden que interfieran con el bienestar de los compañeros o de la comunidad circundante. d. Queda prohibido el ingreso a los lugares de alojamiento a personas ajenas a la delegación. e. Los estudiantes deben respetar las indicaciones de la persona que está a cargo del grupo, en cuanto a los horarios de las actividades programadas. 23
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