MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO
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MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO 2020-2030 MUNICIPIO DE SANTA FE DE ANTIOQUIA - ANTIOQUIA 1 CONTEXTO Y ANTECEDENTES El presente documento recoge y sintetiza los factores integrantes del Marco Fiscal de Mediano Plazo de conformidad con lo señalado por la ley 819 1 de 2003, como instrumento de referencia de planificación financiera con una perspectiva de 10 años para la acertada planificación y toma de decisiones a nivel financiero de esta y la próxima administración. El presente MFMP es la línea de base del análisis de la estructura financiera de la administración municipal, el cual conforme a la ley debe ser revisado anualmente en la ejecución de sus metas, para determinar los ajustes y medidas necesarias para corregir los posibles incumplimientos, así mismo las proyecciones futuras realizando las previsiones de cualquier situación endógena o exógena que pueda afectar directamente la situación financiera y el desempeño financiero de la administración municipal. Este documento se concibe como instrumento de referencia que permite tanto a la administración municipal, a los órganos de control, a la corporación de elección popular y a la comunidad en general realizar un seguimiento a la Administración de los recursos y se perfila como un avance en el proceso de transparencia y rendición de cuentas de la presente administración y se constituye en un escenario posible a diez años 2020 – 2030, de la presente y próximas administraciones, buscando el comportamiento de los ingresos y gastos del municipio que le permitan y garanticen la sostenibilidad de la deuda y la racionabilidad del gasto público, que conduzcan a la autonomía fiscal, además de ser un instrumento planificador para la toma de decisiones.
Su aplicación es prioritaria al gasto público social y en la formación bruta de capital buscando siempre un crecimiento permanente y sostenible en el tiempo, de tal forma que se contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos, a la satisfacción de las necesidades básicas no satisfechas de la población más vulnerable del municipio y a la consolidación de la planificación con el Plan de Ordenamiento Territorial, controlando que con los recursos invertidos se obtengan mejores indicadores de calidad de vida. El documento fue realizado a partir de la situación real del municipio tomando como base las ejecuciones presupuestales las cuales dan la realidad fiscal y financiera del municipio y le permite no solamente estimar los ingresos que amparen los gastos relacionados, sino además, realizar un seguimiento a los pasivos exigibles y las contingencias que podrían hacerse reales en un futuro inmediato en caso de que por alguna circunstancia le sea exigible y establecer para cada año el nivel de cumplimiento de los límites de endeudamiento legalmente autorizados, la sostenibilidad de la deuda, así como el cumplimiento del indicador establecido por la Ley 617 de 2000, 2 modificada por la Ley 1551 de 2012, el cual se refiere al límite de gastos de funcionamiento de la Administración Central, el Concejo y la Personería. Es necesario aclarar que el MFMP debe ser revisado anualmente para verificar el cumplimiento de las metas financieras y realizar los ajustes necesarios cuando el comportamiento de los ingresos y los gastos así lo exijan y tomar las medidas necesarias que permitan su cumplimiento. 2 DIAGNÓSTICO FINANCIERO E INSTITUCIONAL El Municipio de Santa Fe de Antioquia para la vigencia 2019 tasa el presupuesto inicial en la suma de $ 32.987.465.293 y lo ha adicionado en la suma de $29.929.925.000; esto equivale a un 47.64% sobre el presupuesto inicial y para la vigencia 2018 el presupuesto al 30 de septiembre fue adicionado en un 38.25%; es decir que estaba adicional en un 9.39% demás con respecto al año anterior.
DESCRIPCION PRESUPUESTO 2019 PRESUPUESTO 2018 VARIACION INICIAL 32.897.465.293,00 32.761.097.815,00 136.367.478,00 MODIFICACIONES 29.929.925.000,00 20.289.399.804,00 9.640.525.196,00 TOTALES 62.827.390.293,00 53.050.497.619,00 9.776.892.674,00 VARIACION MODIFICACIONES 47,64% 38,25% VS FINAL Los datos son tomados de las ejecuciones a septiembre 30 de 2019 y 2018. RECAUDOS Los recaudos de la Entidad al 30 de septiembre están en un 55.49% es decir 19.51% por debajo de lo que debieron recaudar al 30 de septiembre de 2018; ya que debían estar en el 75% esto con el fin de lograr el cumplimiento de metas de recaudo trazadas. DESCRIPCION PPTO DEFINITIVO RECAUDOS SEPTIEMBRE 2019 FALTA RECAUDAR 3 % VARIACION INGRESOS TRIBUTARIOS $ 18.610.106.174,00 $ 10.976.505.205,00 $ 7.633.600.969,00 50.51% INGRESOS NO TRIBUTARIOS $ 3.336.829.309,00 $ 1.521.815.864,00 $ 1.815.013.445,00 82.58% TRANSFERENCIAS $ 21.007.033.096,00 $ 15.882.763.175,00 $ 5.124.269.921,00 74.35% RECURSOS DE CAPITAL $ 19.963.421.714,00 $ 6.530.028.580,00 $ 13.433.393.134,00 63.28% TOTALES $ 62.917.390.293,00 $ 34.911.112.824,00 $ 28.006.277.469,00 55.49% Los datos son tomados de la ejecución a septiembre 30 de 2019 Es importante aclarar que los ingresos que están por debajo en su mayor porcentaje son los ingresos tributarios que están en un 50.51%; es decir que están en un 24.49% por debajo de lo que deberían haberse recaudado. PRINCIPALES RECAUDOS Tal como se puede observar la Entidad ha venido recaudando sus ingresos más representativos tributarios y no tributarios al 30 de septiembre de 2019; son los siguientes; tienen un recaudo por estos conceptos por la suma $ 9.158.257.561; con respecto al mismo periodo de la vigencia 2018 los ingresos han aumentado la suma de $1.032.911.492.
DESCRIPCION RECAUDOS SEPT 2019 RECAUDOS SEPT 2018 VARIACION Impuesto predial $ 4.386.519.817,00 $ 4.107.310.748,00 $ 279.209.069,00 Contribución Sobre Contratos De Obras $ 44.153.177,00 Públicas 5% $ 300.309.055,00 $ 256.155.878,00 Industria y comercio $ 1.808.967.263,00 $ 1.520.811.419,00 $ 288.155.844,00 Avisos y tableros $ 169.927.288,00 $ 144.208.339,00 $ 25.718.949,00 Impuesto a la construcción $ 627.654.259,00 $ 363.152.897,00 $ 264.501.362,00 Delineación Urbana Estudios, planos, uso -$ 7.047.111,00 del suelo $ 5.575.670,00 $ 12.622.781,00 Licencias de Construcción $ 622.078.589,00 $ 350.530.116,00 $ 271.548.473,00 Multas y sanciones $ 1.089.615.869,00 $ 1.229.678.789,00 -$ 140.062.920,00 Arrendamientos $ 71.310.185,00 $ 72.316.440,00 -$ 1.006.255,00 Impuesto de Vehículos Automotores 20% $ 76.299.566,00 $ 68.558.661,60 $ 7.740.904,40 $ - TOTALES $ 9.158.257.561,00 $ 8.125.346.068,60 $ 1.032.911.492,40 Los datos son tomados de las ejecuciones a septiembre 30 de 2019 y 2018. RECAUDOS S.G.P El recaudo realizado por concepto del S.G.P al 30 de septiembre de 2019 corresponde a la suma de $ 8.482.164.008; es decir que ha incrementado con respecto al 30 de septiembre de 2018 en la suma de $ 747.068.006. 4 DESCRIPCION RECAUDOS SEPT 2019 RECAUDOS SEPT 2018 VARIACION LIBRE DESTINACIÓN $ 935.718.386,00 $ 864.836.952,00 $ 70.881.434,00 EDUCACIÓN $ 701.545.039,00 $ 738.451.731,00 -$ 36.906.692,00 SALUD PUBLICA $ 243.374.794,00 $ 189.210.293,00 $ 54.164.501,00 APORTES PATRONALES $ 119.460.256,00 $ 74.662.660,00 $ 44.797.596,00 ALIMENTACION ESCOLAR $ 151.542.828,00 $ 134.149.455,00 $ 17.393.373,00 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO $ 837.059.342,00 $ 760.181.553,00 $ 76.877.789,00 BASICO RECREACION Y DEPORTE $ 103.374.605,00 $ 91.183.927,00 $ 12.190.678,00 CULTURA $ 77.530.955,00 $ 68.387.946,00 $ 9.143.009,00 OTROS SECTORES DE INVERSIÓN $ 982.058.728,00 $ 927.315.010,00 $ 54.743.718,00 REGIMEN SUBSIDIADO CONTINUIDAD $ 4.330.499.075,00 $ 3.886.716.475,00 $ 443.782.600,00 TOTALES $ 8.482.164.008,00 $ 7.735.096.002,00 $ 747.068.006,00 Los datos son tomados de las ejecuciones a septiembre 30 de 2019 y 2018.
Tal como se puede observar de los ingresos del S.G.P Los únicos que han disminuido en el recaudo fueron los ingresos recibidos por educación; los cuales se disminuyeron en la suma de $ 36.906.692. EGRESOS El presupuesto de egresos está tasado en la suma de $ 62.917.390.292, al 30 de septiembre de 2019 se ha ejecutado la suma de $ 31.135.319.817; tal como se puede observar en la siguiente tabla. % EJECUCION VS PPTO DESCRIPCION PPTO FINAL SEPT 2018 ORDENES DE PAGO 2018 FINAL GASTOS DE $ 11.280.164.255,00 $ 7.339.552.037,00 65,07% FUNCIONAMIENTO GASTOS DE INVERSION $ 49.263.518.286,00 $ 22.497.140.950,00 45,67% 5 SERVICIO DE LA DEUDA $ 2.373.707.751,00 $ 1.298.626.830,00 54,71% TOTALES $ 62.917.390.292,00 $ 31.135.319.817,00 Los datos son tomados de la ejecución a septiembre 30 de 2019 PARTICIPACIÓN DEL SGP EN LOS INGRESOS TOTALES Los ingresos del SGP representan en promedio el 23.50% de los ingresos del Municipio es decir que estos recursos son importantes para el buen funcionamiento del Municipio. DESCRIPCION PPTO DEFINITIVO SEPT 2019 PRESUPUESTO DEFINITIVO $ 62.917.390.293,00 PRESUPUESTO SGP $ 14.786.083.601,00 Los datos son tomados de la ejecución a septiembre 30 de 2019
DEUDA PÚBLICA El Municipio al 30 de Septiembre de 2019; tenía una deuda pública de la suma de $ 6.911.649.382 esta deuda corresponde a deuda de largo plazo; las entidades financieros con las cuales se tiene la obligación son el Banco de Bogotá al cual se le adeuda la suma de $ 420.125.666; y con el IDEA de $ 6.455.429.686. PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DEL ÁREA 1. Incrementar recaudos, para esto se debe continuar con el proceso de cobro coactivo y cobro persuasivo. 2. Se deben realizar los respectivos cruces de información con el fin de identificar la homogeneidad de la información reportada por los contribuyentes ante los diferentes entes. 3. Evaluaciones periódicas de la ejecución del presupuesto de ingresos y 6 egresos y cumplimiento de metas. 4. Evaluación periódica de los indicadores de Ley 617 con el fin de establecer los mecanismos para el cumplimiento de esa en la vigencia 2016. 3 CONTENIDO DEL MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO La Ley 819 de 2003, que reglamento el MARCO FISCAL DE MEDIANO PLAZO, es un complemento a las leyes 358 de 1997 y 617 de 2000, las cuales establecen límites a los gastos de funcionamiento y a la contratación de deuda pública. Dicha norma, tiene carácter de ley orgánica de presupuesto en la medida que, en desarrollo del artículo 352 de la Constitución Política, corresponde a la ley Orgánica de Presupuesto regular todo lo relacionado con la preparación, aprobación, ejecución y modificación del presupuesto. Esta ley se ocupa de estos aspectos en el capítulo I y II por lo tanto es modificatoria de la ley 38 de 1989,179 de 1994 y 225 de 1995, que fueron compiladas en el decreto 111 de 1996. El capítulo III reglamenta básicamente aspectos modificatorios de la ley 358 de 1997. El capítulo IV contiene otras disposiciones que hacen referencia a la responsabilidad en las
reclamaciones ante entidades públicas en liquidación, cobro coactivo de excedentes etc. 3.1 INFORME DE RESULTADOS FISCALES DE LA VIGENCIA FISCAL ANTERIOR El excedente financiero al cierre de la vigencia 2018 correspondió a la suma de $ 2.555.899.700; tal como se puede observar el siguiente estado financiero. código Descripción Periodo actual 4 INGRESOS 39.539.158.933 41 Ingresos fiscales 13.049.607.953 44 Transferencias y Subvenciones 26.489.550.980 48 Otros ingresos 0 5 GASTOS 41.760.833.757 51 Gastos de administración y de operación 7.661.002.810 53 Deterioro, Depreciaciones, Amortizaciones y provisiones 4.599.040.325 7 54 TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES 2.677.680.836 55 Gasto público social 26.823.109.786 EXCEDENTE (DÉFICIT) OPERACIONAL -2.221.674.824 48 Otros ingresos 6.067.968.712 58 otros gastos 1.290.394.188 EXCEDENTE (DÉFICIT) DEL EJERCICIO 2.555.899.700 Tomado de los estados financieros al 31 de diciembre de 2018
Los gastos de inversión de esta vigencia correspondieron a la suma de $ 26.823.109.786; los cuales se discriminan de la siguiente manera: CUENTA DESCRIPCIÓN VALOR 5501 Educación 2.120.255.557 5502 Salud 14.013.538.596 5503 Agua potable y saneamiento básico 185.214.186 5504 Vivienda 3.018.183.712 5505 Recreación y deporte 90.856.654 5506 Cultura 1.034.238.656 5507 Desarrollo comunitario y bienestar social 5.937.777.632 5508 Medio ambiente 38.475.377 5550 Subsidios entregados 384.569.416 TOTALES 26.823.109.786 Tomado de los estados financieros al 31 de diciembre de 2018 8 3.2 ESTIMACIÓN DEL COSTO FISCAL DE LAS EXENCIONES TRIBUTARIAS Durante la vigencia 2019 el municipio otorgo descuentos en el impuesto predial por la suma de $ 326.685.635. El acuerdo mediante el cual se otorgaron los descuentos por pronto pago fue el acuerdo 37 del 30 de noviembre de 2018. Los descuentos dinamizan los recursos del municipio; ya que lo que genera es que más contribuyentes aprovechen el descuento y paguen los impuestos y al acogerse a los descuentos se vea beneficiado el flujo de efectivo y la disminución de las cuentas por cobrar en el municipio. 3.3 RELACIÓN DE LOS PASIVOS EXIGIBLES Y DE LOS PASIVOS CONTINGENTES QUE PUEDEN AFECTAR LA SITUACIÓN FINANCIERA DE LA ENTIDAD TERRITORIAL Los pasivos exigibles están reconocidos contablemente; ya que obedecieron a obligaciones con el fin de dar cumplimiento al objeto social del Municipio.
3.3.1 PASIVOS CIERTOS O EXIGIBLES Los pasivos exigibles se pueden definir como aquellas obligaciones contraídas por la administración, que cumplen con todos los requisitos legales y que solo requieren de la disponibilidad de recursos por parte del Municipio para efectuar su pago. A continuación se relacionan los pasivos exigibles con fecha de corte a 30 de septiembre de 2019, que se encuentran registrados en los Estados Contables del Municipio: CODIGO % CUENTA NOMBRE CUENTA SALDO FINAL COMPOSICION 2313 FINANCIAMIENTO INTERNO DE CORTO PLAZO $ 298.825.726,00 0,89% 2314 FINANCIAMIENTO INTERNO DE LARGO PLAZO $ 6.911.649.382,00 20,55% 2401 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NACIONALES $ 1.623.817.260,00 4,83% 2403 TRANSFERENCIAS POR PAGAR $ 490.059.335,50 1,46% 2407 RECURSOS A FAVOR DE TERCEROS $ 452.514.884,00 1,35% 2424 2430 DESCUENTOS DE NOMINA SUBSIDIOS ASIGNADOS $ $ 50.745.943,00 17.923.407,00 9 0,15% 0,05% 2436 RETENCIÓN EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE $ 41.673.718,00 0,12% 2440 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR $ 201.200,00 0,00% 2480 ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD $ 51.009.996,00 0,15% 2490 OTRAS CUENTAS POR PAGAR $ 176.292.358,00 0,52% 2511 BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS A CORTO PLAZO $ 726.949.250,29 2,16% 2512 BENIFICIO A LOS EMPLEADOS A LARGO PLAZO $ 206.546.940,00 0,61% 2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES $ 21.416.853.619,58 63,69% 2701 LITIGIOS Y DEMANDAS $ 102.926.040,00 0,31% 2902 RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN $ 1.059.898.823,00 3,15% TOTALES $ 33.627.887.882,37 100,00% Tomado de los estados financieros septiembre 30 de 2019 Descontando la deuda pública y el pasivo prestacional que es de largo plazo los pasivos exigibles quedarían en $5.299.384.888 de pesos. En la tabla anterior se observa la composición de los pasivos que posee el Municipio de Santa Fé de Antioquia al 30 de septiembre de 2019; cada una de estas cuentas esta conciliada y hace parte integral de los estados financieros de la Entidad.
El pasivo pensional del Municipio al 30 de septiembre de 2019, está tasado en la suma de $ 21.907.553.575, el cual está debidamente conciliado; de los cuales en el FONPET se tienen $ 23.416.504.714 para cubrir dicho pasivo; de los cuales existe un saldo a favor por la suma de $ 1.508.951.139.; según reporte del Ministerio de Hacienda y Crédito público con un cubrimiento total del 106.89%. 3.3.2 PASIVOS CONTINGENTES Los pasivos contingentes son las obligaciones pecuniarias sometidas a condición, es decir, aquellas en virtud de las cuales la entidad territorial estipula a favor de un tercero, el pago de una suma de dinero, determinada o determinable a partir de factores identificados, por la ocurrencia de un hecho futuro incierto.; los pasivos contingentes están registrados contablemente por la suma de $ 6.259.348.209. Los pasivos contingentes por procesos laborales corresponden a la suma de 10 $ 169.346.777 y los procesos administrativos 6.090.001.432. La totalidad de los pasivos corresponden a 8 pasivos por procesos laborales y 19 administrativos. 3.3.2.1 PASIVOS CONTINGENTES POR CONTRATOS ADMINISTRATIVOS Dentro de los pasivos contingentes que se tienen contemplados; no se tiene ninguno por contratos administrativos ya que a la fecha no existe ninguno de esta categoría. 3.3.2.2 PASIVOS CONTINGENTES EN OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO El Municipio no posee ningún pasivo contingente en operaciones de crédito público; lo anterior ya que hasta la fecha ha cumplido con las obligaciones adquiridas por este concepto.
3.3.2.3 PASIVOS CONTINGENTES ORIGINADOS EN SENTENCIAS Y CONCILIACIONES El Municipio no posee ningún pasivo contingente en originado en sentencias y conciliaciones. 3.4 COSTOS FISCAL DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA O ACUERDO SANCIONADOS EN LA VIGENCIA FISCAL ANTERIOR Durante la vigencia 2018 hubo exenciones tributarias de impuesto predial la cual fue tasada en la suma $ 267.815.571, correspondiente a descuentos. El acuerdo mediante el cual se concedieron los descuentos por pronto pago para esa vigencia fue el acuerdo Nro 044 del 25 de noviembre de 2017. En la vigencia 2017 fue aprobado el proyecto de acuerdo en el cual se destinó un 4% de los ICLD para ser transferidos al INSTITUTO DE DEPORTES para el fomento y desarrollo del deporte. 11 Así mismo el acuerdo Nro 019 determina institucionalizar la promoción de la literatura en el Municipio de Santa Fé de Antioquia publicando por lo menos un libro de cada vigencia. En la vigencia 2017 fue aprobado el proyecto de acuerdo en el cual se destinó un 3% de los ICLD para ser destinados a la prevención y atención del fondo de gestión del riesgo. 3.5 EL PLAN FINANCIERO A continuación se presenta de conformidad con lo establecido en el contenido básico del Marco Fiscal de Mediano Plazo, el primer capítulo correspondiente al PLAN FINANCIERO MUNICIPAL, definido como un programa de ingresos y gastos de caja, con su respectivo financiamiento, como instrumento de planificación y gestión financiera del municipio. Este componente se elaboró teniendo como base las Ejecuciones presupuestales generadas por el municipio y reportadas anualmente al Departamento Nacional de Planeación reorganizadas en formato de operaciones efectivas. Así mismo, el Plan Financiero se ajusta a la metodología establecida por dicha Entidad para su desarrollo.
Aquí se definen las previsiones de ingresos, gastos, déficit y su financiación que deberán hacerse compatibles con el Programa Anual de Caja de la vigencia 2020. Así mismo se proyectan las metas máximas de pagos a efectuarse d u r a n t e el p e río d o del año fiscal de 2020, las cuales servirán de base para elaborar el Plan Operativo Anual de Inversiones, el presupuesto y el Programa Anual de Caja Municipal del año fiscal 2020. . 3.5.1 ESTIMACIÓN DE LOS INGRESOS Al 30 de septiembre de 2019 el municipio reportó ingresos totales por 34.911.122.826 de pesos efectivamente recaudados, así mismo sus ingresos corrientes correspondieron a la suma de $ 9.586.573.692. . Las transferencias del nivel nacional, Departamental y otras instituciones; se utilizaron para atender los gastos de funcionamiento, los de inversión y para cubrir el servicio de la deuda, de c o n f o r m i d a d con las competencias 12 establecidas en la ley 715 de 2001, Ley 1176 de 2007 y demás normas que los reglamentan. Para la vigencia fiscal de 2020 se proyecta recaudar $36.928.259.935 millones de pesos, tomando como base el comportamiento histórico de la ejecución presupuestal de ingresos corrientes y de las asignaciones del Sistema General de Participaciones del año inmediatamente anterior. Es necesario hacer claridad que en la proyección de los recursos no se contabilizan las cofinanciaciones y/o convenios, los recursos del balance o existencias en caja y bancos de la vigencia anterior, los cuales están y se incorporan en la vigencia 2020 como adiciones al presupuesto inicial. Los ingresos fueron presupuestados con un 6% de incremento.
3.5.1.1 INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACIÓN-ICLD De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del decreto 111 de 1996, los ingresos son los recursos que el Municipio percibe de manera regular y que por su naturaleza es posible determinar de forma anticipada los montos a percibir con cierto nivel de certeza. Dentro de la categoría de los Ingresos, encontramos los ingresos corrientes de libre destinación, los cuales constituyen la base principal que permite no sólo elaborar el proyecto de presupuesto sino, también para atender los gastos ordinarios de la entidad. Vale la pena aclarar que en estos ingresos no se tienen en cuenta las rentas de destinación específica. Expuesta la naturaleza de los Ingresos es importante analizar el comportamiento histórico que ha tenido el Municipio en este concepto; dado que para la proyección de las finanzas municipales es necesario determinar la viabilidad financiera del ente territorial para financiar el gasto corriente, provisionar el pasivo prestacional y contingente y financiar parcialmente la inversión. A continuación podemos observar cual será el comportamiento de los Ingresos tributarios del Municipio de Santa Fé de Antioquia en las siguientes 13 vigencias. Los ICLD al 31 de diciembre de 201 ascendieron a la suma de $ 12.255.980.000; y los gastos de funcionamiento equivalen a $ 7.972.255.000; lo genera un indicador de cumplimiento de Ley 617 de 65.06%; al 30 de septiembre de 2019 se han recaudado ICLD por la suma de $9.586.573.692 y generado gastos de funcionamiento por la suma de $ 6.237.040.149 cumpliendo con el indicador de Ley 617 de 65.06% y para la vigencia 2019. 3.5.1.2 INGRESOS CON DESTINACIÓN ESPECÍFICA POR ACTO ADMINISTRATIVO . Estampilla pro hospital: Esta corresponde al 1% y se le retiene a proveedores y contratistas en el momento de la causación. . Estampilla pro cultura: Esta corresponde al 2%, y se le retiene a proveedores y contratistas en el momento de la causación. . Estampilla pro Universidad de Antioquia: Esta corresponde al 1%, y se le retiene a proveedores y contratistas en el momento de la causació
3.5.2 ESTIMACIÓN DE LOS GASTOS La estimación de los gastos está dado por gastos de funcionamiento y gastos de inversión; para esto tiene en cuenta aquellos gastos que se requieren para el buen funcionamiento, durante la vigencia 2019 el Municipio ejecuto los gastos de acuerdo a las programaciones realizadas y acordó con las necesidades para lograr el equilibrio financiero y presupuestal que se requiere en el Municipio. 3.5.3 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Los gastos de funcionamiento en los cuales ha incurrido el Municipio son aquellos que se requieren para un correcto funcionamiento. Es importante priorizar cada uno de los gastos; ya que al 31 de diciembre de 2018 los gastos del municipio de funcionamiento representaron el 65.06% de los ICLD. Los gastos de funcionamiento al 30 de septiembre de 2019 equivalen a la 14 suma de $6.237.040.149; que corresponden al 20.03% de los egresos ejecutados para la vigencia 2019. Los gastos de funcionamiento para la vigencia 2019 equivalen a la suma de $ 11.280.164.255; que corresponden al 17.92% del total de los gastos presupuestados para la vigencia 2019. 3.5.3.1 METAS DE LOS LÍMITES DEL GASTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACION Los gastos de funcionamiento deben destinarse al pago de nómina y gastos generales de operación de la administración central de la entidad territorial. Lo deseable es que este indicador sea igual o menor al límite establecido en la Ley 617 de 2000, de acuerdo con la categoría correspondiente para el Municipio de Santa Fe de Antioquia-Antioquia la categoría del municipio es la categoría QUINTA; ha conservado esta categoría; y ha venido cumplimiento con dicho indicador; toda vez que el Municipio realiza las respectivas programaciones de ingresos y gastos realizando una correcta planeación.
Para la vigencia 2018 los gastos de funcionamiento representaron el 65.06% de los ICLD. Para la vigencia 2018 los ICDL se tasaron en la suma de $ 12.255.980.000 y los gastos de funcionamiento en la suma de $ 7.972.255.000. 3.5.3.2 METAS DE LOS LÍMITES DEL GASTO DE ORGANOS DE CONTROL Los límites de los gastos se vienen cumpliendo en cada uno de los porcentajes según la norma; para la elaboración y ejecución del presupuesto se realizan teniendo en cuenta cada uno de los elementos que se deben contener. Los órganos de control cumplen con los indicadores, no obstante es importante tener en cuenta que dichos recursos son limitados para el buen funcionamiento de los órganos de control. Según la ley 136 los gastos para el funcionamiento de la personería 15 corresponden a 190 SMLMV para los municipios de categoría QUINTA; que para la vigencia 2020 fueron proyectados en $ 158.004.532. Que el límite de gastos en la Ley para los Concejos municipales corresponde a 70 sesiones ordinarias y 20 extraordinarias, incrementados cada año con el IPC; más el 1.5% de los ICLD; para la vigencia 2020 los gastos del concejo fueron proyectados en la suma de $ 413.393.508. 3.5.3.3 VIGENCIAS FUTURAS EN GASTOS DE FUNCIONAMIENTO A la fecha el Municipio no posee vigencias futuras para gastos de funcionamiento a la fecha no se ha determinado así mismo la ejecución de ningún gasto de funcionamiento que requiera comprometer vigencias futuras. 3.5.4 GASTOS DE INVERSIÓN Los gastos de inversión constituyen un renglón importante que genera desarrollo al municipio, estos representan la mayor participación del total del gasto ejecutado, lo traduce en bienestar para el municipio, donde queda en evidencia que el Municipio de Santa Fe de Antioquia está haciendo una buena labor al destinar gran parte de los recursos disponibles a inversión.
El gasto de inversión está compuesto de dos partes, la formación bruta de capital y el gasto operativo en sectores sociales o inversión social, el primero hace referencia al capital físico como tal (la infraestructura construcción, mantenimiento) ; por el contrario la inversión social o gastos operativos se refiere al capital humano o aquellas erogaciones que si bien no son tangibles son necesarias para que se lleve a cabo desarrollo en una entidad territorial, tal como lo son los honorarios de profesionales en áreas de: salud, justicia, desarrollo social, población vulnerable; subsidios en sectores de inversión, entre otros; como su nombre lo indica son de pago inmediato por lo que deben presupuestar y pagar prioritariamente y por otro lado, los pasivos contingentes, donde se hará un valoración económica para su aprovisionamiento. CODIGO NOMBRE CUENTA VALOR % PARTICIPACION 5501 EDUCACIÓN $ 1.565.087.666,50 8,52% 5502 SALUD $ 11.421.663.489,00 62,17% 16 5503 AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO $ 246.271.766,00 1,34% 5504 VIVIENDA $ 427.744.679,00 2,33% 5505 RECREACIÓN Y DEPORTE $ 31.900.785,00 0,17% 5506 CULTURA $ 1.074.438.829,00 5,85% DESARROLLO COMUNITARIO Y 5507 BIENESTAR SOCIAL $ 3.322.825.927,91 18,09% 5508 MEDIO AMBIENTE $ 34.420.365,00 0,19% 5550 SUBSIDIOS ASIGNADOS $ 248.170.196,00 1,35% 0,00% TOTALES $ 18.372.523.703,41 100,00% Tomado de los estados financieros al 30 de septiembre de 2019 Los gastos de inversión al 30 de septiembre de 2019 equivalen a la suma de 18.372.523.703; de los cuales los gastos en salud corresponden al 62.17%; seguido por los gastos de desarrollo comunitario y bienestar social los cuales corresponden a un 18.09%, los demás gastos de inversión han sido ejecutados en un menor valor 3.5.4.1 VIGENCIAS FUTURAS EN GASTOS DE INVERSIÓN Vigencias futuras excepcionales. El artículo 3º de la Ley 225 de 1995 quedará así: El Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en casos excepcionales para las obras de infraestructura, energía, comunicaciones, aeronáutica, defensa y
seguridad, así como para las garantías a las concesiones, podrá autorizar que se asuman obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras sin apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización. El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas deberán consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo del que trata el artículo 1º de esta ley. La secretaría ejecutiva del Confis enviará trimestralmente a las comisiones económicas del Congreso una relación de las autorizaciones aprobadas por el Consejo, para estos casos. Para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras, los contratos de empréstito y las contrapartidas que en estos se estipulen no requieren la autorización del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis. Estos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público. Vigencias futuras ordinarias para entidades territoriales. En las entidades territoriales, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras 17 serán impartidas por la asamblea o concejo respectivo, a iniciativa del gobierno local, previa aprobación por el Confis territorial o el órgano que haga sus veces. Se podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que: a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata el artículo 1º de esta ley; b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas; c) Cuando se trate de proyectos que conlleven inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación. La corporación de elección popular se abstendrá de otorgar la autorización si los proyectos objeto de la vigencia futura no están consignados en el Plan de Desarrollo respectivo y si sumados todos los compromisos que se pretendan
adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, se excede su capacidad de endeudamiento. La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica. En las entidades territoriales, queda prohibida la aprobación de cualquier vigencia futura, en el último año de gobierno del respectivo alcalde o gobernador, excepto la celebración de operaciones conexas de crédito público. Parágrafo transitorio. La prohibición establecida en el inciso anterior no aplicará para el presente período de Gobernadores y Alcaldes, siempre que ello sea necesario para la ejecución de proyectos de desarrollo regional aprobados en el Plan Nacional de Desarrollo. A la fecha El Municipio de Santa Fe de Antioquia no tiene comprometidas algunas vigencias futuras 18 3.5.5 SERVICIO DE LA DEUDA Este indicador de respaldo de la deuda se obtiene como la proporción de los ingresos disponibles que están respaldando el servicio de la deuda. Este Indicador es una medida de capacidad de respaldo y se obtiene como la proporción de los ingresos disponibles, que están respaldando el servicio de la deuda (intereses). Lo ideal es que el saldo de los créditos adeudados no sea mayores al 80% de los recursos totales que se tienen para respaldarlos. El valor presupuestado que se tiene para la vigencia 2020 corresponde a la suma de $ 2.057.254.674 esto será cancelado con cargo a los recursos ICLD y los ingresos de SGP otro sectores de inversión; de los cuales $ 1.445.374.674 son para amortizar capital y $ 611.880.000 son para pago de intereses. El valor de las obligaciones financieras al 30 de septiembre de 2019 corresponde a la suma de $ 6.455.429.686.; con una deuda de corto plazo por la suma de $ 298.825.726; los cuales corresponden a dos créditos de tesorería
3.6 LAS METAS DE SUPERAVIT PRIMARIO, EL NIVEL DE DEUDA PÚBLICA Y UN ANÁLISIS DE SUS SOSTENIBILIDAD La meta de superávit primario que garantiza la sostenibilidad de la deuda será fijada por el Comfis o por la Secretaría de Hacienda correspondiente y aprobado y revisado por el Consejo de Gobierno. Este indicador es necesario para establecer la capacidad de endeudamiento y se analizará así mismo la capacidad de pago establecido por la Ley 358 de 1997 y su decreto reglamentario 698 de 1998. 3.6.1 LAS METAS DE SUPERÁVIT PRIMARIO Para la determinación del superávit primario los departamentos, distritos y municipios están en la obligación de determinar su meta de superávit primario utilizando los datos con que cuente la entidad territorial. 19 Se entiende que la deuda es sostenible si el superávit primario es mayor o igual al costo de la d e u d a (intereses) de todos los créditos vigentes en la respectiva vigencia fiscal. Por tanto, se evidencia que el Municipio obtiene superávit primario, se prevé que el Municipio generara superávit primario en los próximos 10 años, lo que le permitiría responder ante sus obligaciones crediticias. Éste indicador, es complemento del respaldo al servicio de la deuda de la entidad territorial, que resalta la importancia de generar un excedente dentro de la planificación financiera para honrar el servicio de antiguas y nuevas deudas generadas por el uso de recursos del crédito. Nota: Ver metas de superávit primario en la estructura del plan financiero 2020-2030. 3.6.2 NIVEL DE DEUDA PÚBLICA Y ANÁLISIS DE SU SOSTENIBILIDAD EL Municipio posee un nivel de endeudamiento que permite desarrollar sus funciones correctamente garantizando sus obligaciones financieras y demás obligaciones; sin que con ella se vea afectada la funcionalidad administrativa y operativa del Municipio. El indicador de Ley 358 de 1997 capacidad de pago al 31 de diciembre de 2018 se detalla en la siguiente tabla:
MUNICIPIO DE: SANTA FE DE ANTIOQUIA Fecha: diciembre de 2018 CAPACIDAD DE PAGO LEY 358/97 TOTAL INGRESOS CORRIENTES EJEC. 2017 16.389.664.717 Tributarios 9.191.437.967 No - Tributarios 2.098.026.386 Transferencias del sector eléctrico SGP Propósito General 3.822.156.772 85% SGP-Agua Potable y Saneamiento Básico 1.001.423.714 Recursos del balance 271.579.925 Rendimientos Financieros 5.039.953 AJUSTADO POR META DE INFLACION (4,0%) (1) 17.045.251.306 TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO EJEC. 2017 9.163.965.223 Servicios Personales 3.918.209.010 Gastos Generales 1.822.953.916 Transferencias Pagadas 2.745.729.445 Servicios Personales con Inversion 677.072.852 AJUSTADO POR META DE INFLACION (4,0%) (2) 9.530.523.832 AHORRO OPERACIONAL (1) - (2) SITUACION DE LA DEUDA 7.514.727.474 20 Saldo deuda vigencia anterior - diciembre 31 de 2017 3.816.500.945 Desembolsos actual vigencia 2018 2.894.121.395 Amortizaciones pagadas en la vigencia 2018 675.143.294 SALDO DEUDA ACTUAL 6.035.479.046 Saldos por Desembolsar 2018 2.409.193.546 Amortización saldos por desembolsar - SALDO DEUDA CON CREDITOS SIN DESEMBOLSAR 9.303.900.923 226.041.307 Intereses pagados a la fecha de corte 2018 365.146.252 Intereses por pagar en el resto de la vigencia Intereses de saldos por Desembolsar 2018 41.111.272- TOTAL INTERESES DE LA DEUDA VIGENTE 406.257.524 INTERESES ajustado por cobertura de riesgo (15%) 467.196.153 SERVICIO DEUDA DEL NUEVO CREDITO Valor total del nuevo crédito o desembolso - Amortizaciones del nuevo crédito o desembolso - Intereses del nuevo crédito o desembolso ajustado po r co bertura de riesgo (15%) CALCULO DE INDICADORES - INCLUIDO EL NUEVO CREDITO SALDO DEUDA CON NUEVO CREDITO 9.303.900.923 TOTAL INTERESES 467.196.153 AHORRO OPERACIONAL 7.514.727.474 INGRESOS CORRIENTES EJEC. 2017 -Ajustado meta de inflación 17.045.251.306 INTERES / AHORRO OPERACIONAL ≤ 40% solvencia 6,22% SALDO DEUDA / INGRESOS CORRIENTES ≤ 80% sostenibilidad 54,58%
Tomado de la información contable y presupuestal al 31 de diciembre de 2018 3.7 ACCIONES Y MEDIDAS ESPECIFICAS EN LAS QUE SE SUSTENTA EL CUMPLIMIENTO DE LAS METAS, CON SUS CORRESPONDIENTES CRONOGRAMAS DE EJECUCIÓN Dentro del programa de gobierno de la presente administración es un objetivo primordial mantener la solidez de las finanzas, es por esto que la administración ha orientado su política económica al fortalecimiento y generación de ingresos, mediante el programa de fortalecimiento de ingresos y acciones encaminadas a frenar la evasión y elusión fiscal que tienen los contribuyentes para con el fisco municipal. Con el fin de cumplir con las metas establecidas en las proyecciones de ingresos y como se había planteado con anterioridad, deben interactuar coordinadamente las diferentes dependencias de la Administración, como 21 planeación e Infraestructura, secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Tránsito, con el propósito de cumplir las metas de recaudo en los impuestos que causan y se recaudan en el municipio y los diferentes servicios que presta el municipio y por los cuales es obligatorio recibir la que determinan los actos administrativos y que se convierten en la primera fuente con la que se cubren los gastos de funcionamiento y la Inversión propia. Se anexa Marco Fiscal 2020-2030, junto con la proyección de las medidas e indicador de cumplimiento de las acciones que se deben realizar por cada uno de los responsables de la ejecución del presupuesto municipal durante la proyección del Marco Fiscal de Mediano Plazo que para nuestro caso cubre las vigencias 2020-2030; estas acciones se relacionan a continuación:
METAS ACCION O MEDIDA RESPONSABLE OBSERVACIONES Incrementar recaudo de Secretaria de impuesto predial Cobro coactivo Hacienda Apoyo área Jurídica Revisar y cruzar las Revisar las Realizar cruce de declaraciones tributarias Secretaria de declaraciones y información tributaria de los contribuyentes Hacienda emplazar contribuyentes Realizar la acción de Evitar la prescripción de cobro en los plazos Secretaria de Verificar vencimiento de la deuda establecidos Hacienda deuda Revisión permanente a la Municipalidad para Legalización y pago de Planeación, grupo verificar las las licencias de Realizar verificación de de infraestructura y construcciones 22 construcción construcciones en curso asesor jurídico existentes Solicitar ante la Secretaria de Renta del Departamento una Análisis de sobretasa a Realizar verificación a la Secretaria de revisión al recaudo de la gasolina sobretasa a la gasolina Hacienda sobretasa a la gasolina 3.7.2 ACCIONES DE IMPACTO A MEDIANO Y LARGO PLAZO Las acciones de impacto a mediano y largo plazo serán aquellas que ayuden al incrementó de los ingresos, disminución el gasto y el reforzamiento de las metas inmediatas con el fin de seguir en un continuo mejoramiento en beneficio de las finanzas y el bienestar de los habitantes del Municipio. 3.7.3 AJUSTES AL PLAN DE DESARROLLO, REPLANTEAR EL POAI Y / O EL PLAN INDICATIVO Y LOS DEMÁS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN A la fecha no se ha realizado ningún ajuste al plan de desarrollo; así como a ninguno de los elementos de planeación; en la medida que se realice alguna modificación será tenida en cuenta y se ajustara el marco fiscal acorde a la
norma esto con el fin de mostrar cada uno de los componentes y elementos que integran el componente financiero del Municipio. Así mismo es importante tener en cuenta que para el periodo 2020-2023 por cambio de administración se debe elaborar un nuevo plan de desarrollo; esto con el fin de dar cumplimiento a lo propuesto por el nuevo mandatario. 23
BIBLIOGRAFÍA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación. Editorial Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá D.C. 1997. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Ley 819 de 2003 Cartilla de Aplicación para Entidades Territoriales. Editorial Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá D.C. 2004. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Ley 819 de 2003 guía Metodológica para la Elaboración del Marco Fiscal de Mediano Plazo en Entidades Territoriales. Editorial Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá D.C. 2004. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Ley 617 de 2000 Decretos, Jurisprudencia y Doctrina. Editorial Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá D.C. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Ley 617 de 2000 24 Preguntas y Respuestas sobre la Ley Decretos, Jurisprudencia, Conceptos. Editorial Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá D.C. 2004. DNP. El Marco Fiscal de Mediana Plazo. Herramienta estratégica de planeación financiera en entidades territoriales. Bogotá, D.C. septiembre 2018. JAIRO ANTONIO GOMEZ GARCIA Secretario de Hacienda
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