NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y DE LAS AULAS (PLAN DE CONVIVENCIA) - Colegio Medalla Milagrosa

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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y DE LAS AULAS (PLAN DE CONVIVENCIA) - Colegio Medalla Milagrosa
NORMAS DE CONVIVENCIA,
   PLAN DE CONVIVENCIA.

       ORGANIZACIÓN Y
 FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y
        DE LAS AULAS
              (PLAN DE CONVIVENCIA)

   Colegio “Medalla Milagrosa”

   C/ Núñez de Arce, O

C/ Núñez de Arce, 7              925221910   cmedamilato@planalfa.com   www.milagrosatoledo.es
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y DE LAS AULAS (PLAN DE CONVIVENCIA) - Colegio Medalla Milagrosa
ÍNDICE

        1.      Introducción.

        2.      Valores y principios del PEC.

        3.      Procedimiento de elaboración, aplicación y revisión. Comisión
                de Convivencia.

        4.      Criterios comunes y elementos básicos de las Normas de
                convivencia. Procedimiento de elaboración y responsables de la
                aplicación.

        5.      Derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad
                educativa.
        6.      Medidas preventivas y correctoras.

        7.      Procedimientos de mediación para la resolución positiva de los
                conflictos. Configuración de los Equipos de Mediación y arbitraje.
        8.      Criterios establecidos para la asignación de tutorías y elección de
                cursos y grupos.
        9.      Organización de espacios y del tiempo en el centro y las normas
                para el uso de las instalaciones y los recursos.
        10.     Anexos.

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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO Y DE LAS AULAS (PLAN DE CONVIVENCIA) - Colegio Medalla Milagrosa
1. Introducción.

           El Colegio Medalla Milagrosa recoge en este documento el conjunto de normas,
   los principios que las sostienen y el conjunto de actuaciones que se aplicarán a toda la
   comunidad educativa. Al ser un espacio en la que convivirán e interactuarán distintas
   realidades, se ve la        necesidad de elaborar y desarrollar este         documento de
   convivencia, que será evaluable y revisable, consensuado por el Claustro y pactado, en
   la medida de lo posible, con el alumnado, que nos permita unas relaciones adecuadas
   para crear un ambiente educativo que favorezca la formación integral, un clima de
   acogida abierto a los alumnos y una vivencia de valores que facilite la inserción social
   de los alumnos y el deseo de mejora de la sociedad.

       2. Valores y principios del PEC.

                      Las actuaciones que a continuación se presentarán en este documento,
           respetan a la Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Castilla- La
           Mancha y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

          Los principios inspiradores del estilo educativo de los CEV figuran en el carácter
   propio, y son:

       1. Formación integral de los alumnos de acuerdo con una concepción cristiana de
           la persona, de la vida y del mundo.
       2. Opción por los más desfavorecidos en su nivel económico, capacidad intelectual
           u otro tipo de limitación.
       3. Vivencia de los valores evangélicos, a través de los cuales revelamos que Dios
           nos ama.
       4. Compromiso por la justicia y la solidaridad universal, con una participación activa
           en la transformación y mejora de la sociedad.
       5. Relaciones y clima educativo basados en la sencillez, cercanía y confianza.
       6. Respeto a la vida y a la naturaleza, fomentando la responsabilidad ante el
           progreso de la ciencia y la tecnología.

            Podemos resumir los principios que rigen la vida que afecta a la comunidad
           educativa en los siguientes puntos:

       1. Buscar nuevos cauces para la implicación, colaboración, participación y apoyo
           de las familias procurando, ante todo, la coherencia y unificación de criterios
           educativos que favorecen el adecuado y completo desarrollo del niño.

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2. Conocer la realidad del entorno y las familias para dar respuestas coherentes a
           sus necesidades.
       3. Respetar los derechos y deberes de todos los componentes de la Comunidad
           Educativa y la garantía de su protección y defensa.
       4. Desarrollar procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto mutuo.
       5. Fomentar mediadas y actuaciones educativas de carácter preventivo para
           educar y mejorar la convivencia.
       6. Participar en la elaboración, seguimiento y cumplimiento de los distintos
           documentos del centro.
       7. Practicar la mediación escolar como medio para la resolución de conflictos.

           Como escuela católica al servicio de la formación integral del alumno,
   fomentamos en todo el ámbito educativo (aulas, recreos, actividades complementarias
   y extraescolares) los valores que proceden de la fe cristiana, como son el respeto a los
   demás en virtud de su dignidad nacida de la paternidad de Dios, el servicio y la ayuda
   desinteresada, la sensibilidad ante los más desfavorecidos y la cercanía en el trato.

           Impulsamos y cultivamos el esfuerzo, la constancia, la capacidad de superación
   y el trabajo bien hecho, no solo como medios necesarios para la adquisición de mejores
   resultados académicos sino como valores y actitudes que capacitan al alumno para un
   mayor servicio a la sociedad: “Saber más para servir mejor”.

           Fomentamos la interioridad y espiritualidad de nuestros alumnos, haciendo que
   tomen conciencia de su ser, del sentido de la gratuidad, de la trascendencia de su vida,
   de la importancia y responsabilidad de su acción en relación con los otros y con Dios.

           Espacios, tiempos y personas se ponen al servicio de un ambiente animado por
   el espíritu evangélico de caridad y libertad, creado por la presencia serena y acogedora
   de los profesores, que acompañan con la palabra, el gesto y el comportamiento.

           Tenemos una visión optimista, crítica y esperanzada de las personas, del mundo
   y de la educación, y traducimos los valores en acciones, fomentando el servicio, el
   voluntariado, las campañas solidarias, el apoyo y la ayuda mutua, desde la sencillez y
   solidaridad que nos caracterizan como institución.

           En definitiva, ofrecemos una escala de valores bien fundamentados en el
   humanismo cristiano y el carisma vicenciano.

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3. Procedimiento de elaboración, aplicación y revisión. Comisión de
           Convivencia.

                      Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y
           sus posibles modificaciones, serán elaboradas, con las aportaciones de la
           comunidad educativa, por el Equipo Directivo, informadas al Claustro y
           aprobadas por el Consejo Escolar por mayoría de dos tercios de sus
           componentes con derecho a voto.

                      Las normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas
           de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el
           profesorado y el alumnado que conviven en el aula, coordinados por el tutor. El
           Consejo Escolar velará que dicha normativa no vulnere las establecidas con
           carácter general para todo el centro.

                      El presente documento será aplicable a todo el alumnado del centro,
           desde primer curso de educación infantil hasta 4º curso de E.S.O.; todo el
           personal docente y no docente será responsable del cumplimiento del mismo.

                      Se aplicará al período lectivo y se ampliará a todo el horario en el que el
           centro permanezca abierto con actividades complementarias (comedor) y
           extraescolares y al horario que duren las actividades fuera del aula programadas
           por el colegio.

                      El ámbito de aplicación, no se limitará al espacio de las aulas sino a todo
           el recinto escolar (pasillos, patios de recreo, servicios etc.) y al espacio utilizado
           en las actividades fuera del aula.

                      Los responsables de su aplicación serán el profesorado, tutores y
           dirección.

           Comisión de Convivencia

                      Esta comisión se constituirá en el seno del Consejo Escolar. Estará
           formada por representantes del profesorado, de las familias, del personal de
           administración y servicios y del alumnado en la misma proporción en que se
           encuentran representados en el Consejo.

                      El número de componentes será de dos representantes de padres, dos
           de profesores, uno de alumnos, y uno del personal de administración y servicios.

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A este número se le sumará la representante de la titularidad, y la dirección titular
           y pedagógica.

                      La selección de los miembros será en un primer momento voluntaria,
           buscando la máxima disponibilidad para poder reunirse en las ocasiones que se
           precisen. Si no hubiera voluntarios, en un segundo momento se haría por
           votación a mano alzada.

       4. Criterios comunes y elementos básicos de las Normas de convivencia.
           Procedimiento de elaboración y responsables de la aplicación.

           Reflejamos la siguiente normativa que será de obligado cumplimiento en el
   centro y que forman parte de las Normas de Convivencia del centro:

               •      Decreto de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla la Mancha,
                      3/2008, de 8 de enero, de la convivencia escolar en Castilla la Mancha.
               •      Decreto de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla la Mancha,
                      13/2013, de 21/03/2013, sobre la Autoridad del profesorado.
               •      Protocolo de actuación ante situaciones de acoso escolar, reflejado en la
                      Resolución de 18/01/2017, de la Consejería de Educación, Cultura y
                      Deportes de Castilla la Mancha.
               •      Reglamento de Régimen Interior propio del centro.
               •      Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro.
               •      Normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula.

           A continuación, se precisan las normas de convivencia, organización y
   funcionamiento del centro:

   RESPECTO A LA PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

       1. Es obligatoria la asistencia a clase. Es un Derecho del alumno.
       2. Puntualidad a todos los actos programados por el colegio.
       3. Presentación a las pruebas de evaluación en el día y la fecha señalados.
       4. Obligación de justificar, por escrito las faltas de asistencia y/o puntualidades
           previsibles. En caso de ausencia o retraso imprevisto, también habrá que
           comunicarlo. La ausencia o retraso debe ser justificada el día posterior por
           escrito. Los padres también podrán justificar las ausencias a través de la
           plataforma PAPÁS 2.0.
       5. Todas las faltas de asistencia se registrarán en la plataforma DEPLHOS.

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6. Es los casos que se supere un 20 % de faltas de asistencia sin justificar, o con
           justificaciones no pertinentes, se abrirá el protocolo de absentismo.
       7. Permanencia en el centro hasta la finalización de la jornada escolar lectiva. Si el
           alumno tuviera que salir antes, deberá traer una nota escrita justificativa de los
           padres o tutores legales que vendrán a buscarlo.
       8. Si algún alumno tuviera que abandonar el centro sin compañía de un adulto, los
           padres o tutores legales deberán justificar por escrito la salida.
       9. Entrega puntual del boletín de calificaciones, circulares y demás comunicaciones
           que el centro envía a las familias.
       10. En el caso no poder asistir, por motivos razonables, a un examen o no entregar
           un trabajo en el plazo fijado, se deberá justificar por escrito, como máximo, en el
           día posterior del regreso, para poder entregar el trabajo o realizar el examen.

   RESPECTO A LA IMAGEN DEL COLEGIO

       1. Aseo personal y corrección en el vestido (los alumnos traerán el chándal del
           colegio para la clase de Educación Física y el uniforme del colegio en los días
           establecidos). En caso de que la no utilización de la vestimenta correcta sea
           reiterada, se comunicará con los padres para informarles sobre la obligatoriedad
           de su uso. En los cursos en los que no se exija uniforme, (está previsto que su
           uso sea para todos los cursos de todas las etapas), los alumnos deberán utilizar
           una vestimenta adecuada y acorde a las características del centro.           No se
           permitirán gorras, gorros o sombreros puestos en el aula. Así como venir
           disfrazado, usar peluca o cualquier objeto similar sin el debido permiso del
           profesor.
           A continuación, mostramos los modelos:

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2. Mantenimiento de una actitud correcta en clase y en todo el recinto escolar,
           evitando expresiones, actitudes y gestos inadecuados. No se debe jugar ni
           comer en clase. Está terminantemente prohibido beber alcohol, bebidas
           estimulantes y fumar (normativa legal) dentro y en las inmediaciones del recinto
           escolar.

   RESPECTO AL TRATO CON LOS DEMÁS

       1. Respeto a la autoridad de los profesores y cualquier otro miembro de la
            Comunidad Educativa tanto dentro de la clase como en el resto del recinto
            escolar, evitando la discriminación, las vejaciones o las humillaciones a
            cualquier miembro de la Comunidad Educativa, ya sean por razones de
            nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra
            condición o circunstancia personal o social.
       2. Trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose, en ningún caso,
            violencia física (peleas) o verbal (insultos, discusiones…).
       3. Abstención de uso, incitación al mismo o introducción en el centro de objetos o
            sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal
            de los miembros de la Comunidad Educativa.

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RESPECTO AL USO DE TELÉFONOS MÓVILES, SMARTWATCH O CUALQUIER
   DISPOSITIVO QUE PUEDA GRABAR AUDIO/VIDEO/ CAPTAR IMAGEN O TENGA
   CONECTIVIDAD A INTERNET.

       1. Los alumnos no deberán mantener operativos teléfonos móviles ni otros
           dispositivos de comunicación en los centros escolares, salvo en los casos
           previstos expresamente en el Proyecto Educativo del Centro o en situaciones
           excepcionales, debidamente acreditadas. El colegio no se responsabiliza de
           pérdidas y hurtos dentro y fuera del centro.
       2. Cabe la posibilidad de depositar estos dispositivos a la entrada del colegio y ser
           custodiados por personal del mismo. Los padres o tutores legales deberán firmar
           una autorización. En este caso, el colegio no se responsabiliza de pérdidas, de
           defectos ocasionados y hurtos de los mismos.
       3. No se permite el uso de los Samrtwatch o relojes que puedan realizar o recibir
           llamadas, graben audio y video o capten imágenes.
       4. Abstención de grabar, dar publicidad o difundir, a través de cualquier medio o
           soporte, a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, sin autorización; así
           como, actividades escolares, selfies, agresiones o humillaciones cometidas en
           el centro. Estos actos serán sancionados y se hará reserva expresa de las
           acciones en ejercicio del derecho a la propia imagen, la dignidad y la intimidad
           que pueda realizar el colegio o los profesores.
       5. En las salidas escolares de un día el uso de estos aparatos no está permitido en
           las mismas condiciones que en el apartado número 1.
       6. En salidas de más de un día. En la Etapa de Primaria, el alumnado podrá llevar
           estos dispositivos, pero estarán custodiados por los profesores. En momentos
           puntuales se darán a los alumnos para que puedan comunicarse con sus padres
           o tutores legales. En la Etapa de Secundaria, solo en las salidas de los alumnos,
           de 3º y 4º, los alumnos podrán hacer uso de los dispositivos, pero por la noche
           serán custodiados por los profesores. De obligado cumplimiento, en las salidas
           escolares, es la abstención de grabar, dar publicidad o difundir, a través de
           cualquier medio o soporte, a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, sin
           autorización. Los profesores no se responsabilizan de pérdidas, de defectos
           ocasionados y hurtos de los dispositivos.
       7. Si un alumno usa este tipo de dispositivos cuando no está permitido, el profesor
           sancionará al alumno y retirará el dispositivo para ser entregado posteriormente

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a la salida al alumno. Si hay reincidencia, será entregado a los padres o tutores
           legales en horario lectivo o inmediatamente a su término.
       8. Protocolo de sanción y retirada del dispositivo:
               a) El profesor rellenará el parte oportuno según la gravedad de la acción del
                      alumno. Será firmado por el profesor o tutor en función de la sanción.
               b) El profesor retirará el teléfono móvil al alumno, indicando al mismo que
                      lo apague si estuviese encendido. Lo depositará en secretaría, y rellenará
                      junto al alumno un albarán de entrega con las condiciones físicas.
               c) El profesor que impone el parte, avisará al Tutor del alumno si el parte es
                      leve y en caso de que éste sea grave, se avisará al Tutor y al director del
                      Centro.
               d) El tutor avisará a los padres o tutores legales.
               e) Si el alumno se negase a dar el dispositivo, podría ser sancionado con
                      un parte de incidencias por conducta gravemente perjudicial.

   RESPECTO AL CUIDADO DEL CENTRO

       1. Cuidado de las instalaciones, del mobiliario y del conjunto del edificio escolar.
       2. El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause daños a las
           instalaciones del centro o de su material, así como a los bienes y pertenencias
           de cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a reparar el
           daño causado hacerse cargo de la reparación. Igualmente, quienes sustrajesen
           bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán
           restituir lo sustraído. Los alumnos, o en su caso, los padres o tutores legales
           serán los responsables del resarcimiento de tales daños en los términos
           previstos en las leyes.

   RESPECTO AL TRABAJO PROPIO Y DE LOS DEMÁS

       1. Realización de los trabajos y el estudio que los profesores manden realizar
           dentro y fuera de las horas de clase.
       2. Obligación de traer el material necesario para cada asignatura, incluida la
           agenda escolar.

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3. Abstención de estar en los pasillos y salir entre clase y clase sin permiso expreso
           de algún profesor.
       4. Abstención de realizar en el aula actividades o trabajos distintos del
           correspondiente según el horario escolar.
       5. Respeto al trabajo de los demás, no interrumpiendo su atención. Los
           desplazamientos por el colegio deben hacerse con normalidad: sin carreras, sin
           gritos, sin empujones…
       6. Las actividades complementarias son obligatorias. Los alumnos que no asistan
           permanecerán en el colegio y realizarán los trabajos que les indique el profesor
           responsable de la actividad.

   RESPECTO AL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ACOSO
   ESCOLAR.

       1. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa (alumnado, profesorado,
           familias, personal no docente, instituciones o entidades colaboradoras, etc.…)
           que tenga conocimiento de una situación que pudiera derivar en acoso escolar
           en los términos previstos en la Resolución de 18/01/2017, en el apartado
           primero, tiene el compromiso ciudadano de ponerla en conocimiento del equipo
           directivo. Cuando la persona que comunica la situación decide hacerlo por
           escrito, el responsable de la dirección del centro le facilitará y/o utilizará el Anexo
           correspondiente para la recogida inicial de información.
       2. El Equipo Directivo una vez informado, por comunicación directa, a través del
           tutor, por correo electrónico, o a través del buzón de sugerencias de la web,
           empezarán a desarrollas las acciones previstas en dicha resolución.
       3. El centro garantizará la protección del menor, una intervención eficaz, discreción
           y confidencialidad, una intervención global, prudencia, empatía y sensibilidad, y
           una responsabilidad compartida.
       4. Se constituirá la Comisión de Acoso Escolar. El responsable de la dirección del
           centro educativo constituirá una comisión lo antes posible, nunca más tarde de
           48 horas. La Comisión de acoso Escolar tendrá un funcionamiento independiente
           de la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar y estará integrada por: un
           miembro del Equipo Directivo, el orientador educativo del centro y un miembro
           del equipo docente del centro.

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                                                       m
5. El responsable de la dirección del centro, a propuesta de la Comisión de Acoso
           Escolar, adoptará las medidas inmediatas necesarias para proteger al alumnado
           implicado, informando a las familias afectadas.
       6. Se elaborará un Plan de actuación. A propuesta de la Comisión de Acoso
           Escolar, la persona responsable de la dirección, elaborará y aplicará dicho
           documento de actuación del que informará a la Comisión de Convivencia del
           Consejo Escolar y a la Inspección.
       7. El profesorado responsable de la tutoría de los grupos del alumnado implicado,
           junto con el miembro del Equipo Directivo de la Comisión de Acoso Escolar, y
           con el asesoramiento de la orientadora o del orientador educativo del centro,
           informarán nuevamente a las familias de las actuaciones o medidas acordadas,
           tanto las de carácter individual llevadas a cabo con el alumnado afectado, como
           las de carácter general propuestas para los grupos afectados o el centro en su
           conjunto. Cuando una de las medidas a adoptar sea la derivación a algún
           servicio o unidad de intervención de las Consejerías competentes en materia de
           protección de menores y/o sanidad se informará a la familia del procedimiento
           para iniciar la intervención. A las familias del alumnado agresor se les informará
           expresamente, además, de las consecuencias que pueden derivarse, tanto para
           ellas como para sus hijas e hijos, en caso de reiteración de conductas
           constitutivas de acoso escolar. De esta información quedará constancia por
           escrito a través de un acta.
       8. El caso podrá ser derivado a otras instancias si así lo requiere.
       9. La directora o el director del centro evaluará la eficacia de las medidas llevadas
           a cabo e informará oportunamente de los resultados de dicha evaluación a las
           familias implicadas y a la Comisión de Convivencia del Consejo escolar del
           centro. La Dirección del centro es la competente para la adopción de las
           medidas, y se responsabilizará de informar periódicamente a la Inspección
           educativa y al Consejo Escolar del grado de cumplimiento de las mismas y de la
           situación escolar del alumnado implicado.

   RESPECTO A LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS QUE PRESTA EL CENTRO
   (SERVICIO DE COMEDOR, MATINAL, ETC)

       1. Se cumplirá la normativa vigente del Decreto de la Consejería de Educación y
           Ciencia de Castilla la Mancha, 3/2008, de 8 de enero, de la convivencia escolar
           en Castilla la Mancha y el Reglamento de Régimen Interior.

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                                                    m
2. Si el alumno no se comportase correctamente en los servicios complementarios
           de comedor y su recreo, matinal o las actividades extraescolares, podrá ser
           sancionado privándolo de su uso.

   RESPECTO A LAS COMUNICACIONES

       1. La comunicación entre centro y familias, se realizará mediante entrevista
          personalizada, y a través de la plataforma educativa PAPÁS 2.0. El uso de la
          agenda será para tratar cuestiones del día a día, quedando el uso de la citada
          plataforma para tratar temas relevantes e importantes, en cuanto al seguimiento
          educativo, personal y social del alumno. Los documentos o informes escolares
          se darán en mano a los padres o tutores legales, no se enviarán por la plataforma
          Papás.
       2. Los resultados académicos se pondrán en conocimiento de las familias a través
           de los boletines de notas. Se dará uno por cada evaluación realizada. Se
           convocará a las familias a reuniones con el tutor para la entrega de los boletines.
           Se hace necesario que los tutores exijan un recibí de entrega de las notas a los
           padres. Las familias deberán entregar este documento. Si las familias no vinieran
           a la reunión de recogida de notas, el tutor se las dará a través de tutoría
           personalizada. De no asistir y por imposibilidad de asistencia, se deberán
           consultar en la plataforma PAPÁS, y se enviarán por la plataforma mencionada.

   RESPECTO A LAS CONDUCTAS QUE MENOSCABEN LA AUTORIDAD DEL
   PROFESORADO

           Serán objeto de medidas correctoras las conductas contrarias a las normas de
   convivencia, organización y funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la
   autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor profesional docente y que los
   alumnos realicen dentro del recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante
   el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito establecido en el artículo 1 de la
   Ley 3/2012, de 10 de mayo.

           Las normas de convivencia, organización y funcionamiento de los centros y de
   las aulas, así como sus planes de convivencia, contemplarán las conductas a las que
   se refiere el apartado de arriba como conductas que atentan contra la autoridad del
   profesorado y, especialmente, las siguientes:

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                                                     m
a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad del profesorado,
           perturben, impidan o dificulten el desarrollo normal de las actividades de la
           clase o del centro. En todo caso, quedarán incluidas las faltas de asistencia a
           clase o de puntualidad del alumnado que no estén justificadas, y todas aquellas
           faltas que por su frecuencia y reiteración incidan negativamente en la actividad
           pedagógica del docente. Quedarán excluidas aquellas faltas no justificadas
           debidas a situaciones de extrema gravedad social no imputables al propio
           alumnado.
           b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad docente.
           c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de trasladar a sus
           padres o tutores la información relativa a su proceso de enseñanza y
           aprendizaje facilitada por el profesorado del centro, limitando así la autoridad
           de los mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese
           responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la responsabilidad del
           profesorado en su comunicación con las familias o de las propias familias en su
           deber de estar informadas del proceso de enseñanza y aprendizaje del
           alumnado.
           d) El deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así
           como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para
           desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

   RESPECTO A LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE ATENTATORIAS DE LA
   AUTORIDAD DEL PROFESORADO

           a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno que supongan un perjuicio al
           profesorado y alteren gravemente el normal funcionamiento de la clase y de las
           actividades educativas programadas y desarrolladas por el Claustro.
           b) La interrupción reiterada de las clases y actividades educativas.
           c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como los actos perjudiciales
           para su salud y su integridad personal, por parte de algún miembro de la
           comunidad educativa.
           d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones o humillaciones hacia
           el profesorado, particularmente aquéllas que se realicen en su contra por sus
           circunstancias personales, económicas, sociales o educativas.
           e) La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos
           que estén en el marco de la responsabilidad del profesorado.

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                                                     m
f) La introducción en el centro educativo o en el aula de objetos o sustancias
           peligrosas para la salud y la integridad personal del profesorado.
           g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías en el aula que supongan
           un menoscabo de la autoridad y dignidad del profesorado, a juicio del mismo.
           h) El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.
           Tras la valoración y el análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá
           agravar o atenuar la consideración de la conducta infractora y, en
           consecuencia, matizar las medidas educativas correctoras.
           i) El grave deterioro de propiedades y del material personal del profesorado, así
           como cualquier otro material, que facilite o utilice el profesorado para
           desarrollar su actividad docente, causado intencionadamente por el alumnado.

   RESPECTO A LAS SALIDAS DEL ALUMNADO EN HORARIO LECTIVO Y NO
   LECTIVO

           Toda salida de un alumno fuera del centro deberá estar autorizada por los
   progenitores. (En casos de padres separados ver esa cuestión en su apartado).

           Las salidas que conlleven un coste económico, llevarán una hoja de inscripción,
   y será obligatorio el abono de la cuantía en los plazos fijados en dicha hoja. De no ser
   así, no podría asistir a la misma por cuestiones organizativas. El alumnado que no acuda
   a estas salidas, deberá acudir al centro y serán atendidos por el profesorado. Realizarán
   actividades de refuerzo o de ampliación según los casos.

           En las salidas que necesariamente haya la necesidad de pernoctar, los
   profesores realizarán los repartos de habitaciones. Se distribuirán atendiendo los
   distintos criterios: sexo, curso o edad.

           La normativa expuesta en este documento tiene vigencia en las salidas al
   exterior que se puedan realizar tanto en horario lectivo como no lectivo.

   RESPECTO A LA EXCURSIÓN FINAL DE 4º DE ESO

         El viaje fin de estudios para los alumnos que estudian 4º de ESO es una actividad
   enmarcada en el plan de actividades extraescolares y complementarias del Colegio
   Medalla Milagrosa y viene desarrollándose desde hace varios años. La Dirección del

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                                                    m
Centro designará al profesorado encargado de planificar y acompañar a los alumnos
   durante el desarrollo de la actividad conforme a los criterios expuestos con anterioridad.
           El viaje de fin de curso persigue tres objetivos fundamentales:
       a) Objetivo pedagógico: con él se pretende complementar su formación escolar
           desarrollando las distintas competencias básicas. La vía para llevarlo a cabo
           será por medio del conocimiento de otros lugares y culturas. Con el viaje de fin
           de etapa se pretende que el alumnado, a través del mismo, interaccione,
           conozca, valore y disfrute otros lugares y culturas distintos a los de su entorno
           habitual.
       b) Objetivo lúdico: el viaje pretende despertar el conocimiento y el disfrute por el
           ocio saludable. Es igual de importante que el primer objetivo, ya que el viaje fin
           de curso supone para los alumnos unos días inolvidables de disfrute común del
           grupo de compañeros de clase desde el respeto ‒a las normas y a las personas
           durante los días de convivencia‒. Todo esto permite trabajar igualmente muchos
           y variados objetivos relativos a educación en valores.
       c) Objetivo de adquisición de autonomía e iniciativa personal: Se persigue que sea
           una actividad constructiva en la que los alumnos aprendan a ser competentes
           en los aspectos relativos a autonomía e iniciativa personal. Esto se lograría por
           medio de actividades como financiarse esta actividad, asumir ciertas
           responsabilidades y trabajar en grupo fomentando valores como la solidaridad y
           el compromiso común.

           Para la consecución de estos objetivos, el centro establece los siguientes
   criterios organizativos. Su planificación y diseño (destino, días elegidos para el viaje,
   actividades a realizar en el destino, normas a cumplir,) se llevará a cabo por los
   profesores designados para acompañar a los alumnos en dicho viaje junto con la
   Dirección del centro.
           El viaje será contratado con una agencia. Ésta será la encargada de gestionarlo
   (autobuses, vuelos, hotel, seguros) y por lo tanto es la única y última responsable. El
   colegio y los profesores únicamente cumplen la función de intermediarios. Recaban
   información sobre distintos presupuestos y se los presentan a los alumnos, mediando
   entre la agencia y los interesados los alumnos y los padres y/o tutores.
           Se organizará una reunión en la que participarán padres, profesores y
   representantes de la agencia de viajes para explicar el contenido del paquete contratado
   con la agencia, las normas del viaje, las actividades a realizar y, en último término,
   resolver posibles dudas.

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                                                    m
Los padres entregarán firmada las normas de conducta que han de cumplir sus
   hijos (nuestros alumnos) durante el viaje. Además, se les entregará una hoja con una
   serie de sugerencias, para el buen desarrollo de la actividad.
           Las condiciones impuestas para la participación en el viaje son las que se
   recogen a continuación: La participación será voluntaria, no obstante, el equipo docente
   valorará la conveniencia de la participación en la actividad atendiendo a distintos
   criterios:
            a) Deben de tener unos buenos resultados académicos.
            b) Han de tener una conducta disciplinaria ajustada a la normativa de
                convivencia establecida en este documento y especialmente conforme al
                Decreto de Convivencia 3/2008. En este sentido, el alumno no debe haber
                sido sancionado con partes de incidencia durante el curso académico en el
                que se realiza el viaje.
            c) Nivel de esfuerzo, compromiso, actitud, …
           En cualquier caso, la decisión final corresponde al Equipo Docente junto con la
   Dirección del centro y el Departamento de Orientación, teniéndose en cuenta la opinión
   del tutor del grupo y de los profesores responsables del viaje.

   RESPECTO A LA ENTRADA EN EL COLEGIO DE LOS MIEMBROS DE LA
   COMUNIDAD EDUCATIVA Y NO MIEMBROS

           Como norma general, los miembros pertenecientes a la Comunidad educativa y
   los que no pertenecen, podrán acceder al centro para solicitar cualquier trámite por la
   puerta situada en el callejón de san José. Acudirán a portería y comunicarán su
   intención.

           Para entrevistarse con los profesores o con dirección es necesario tener cita
   previa. Para tramitar la cita con los profesores se hará vía Delphos Papás o agenda
   escolar. Con dirección, se hará uso de dicha plataforma o solicitando un modelo de
   citación en portería. No se asegura la presencia de estos profesionales sin la cita previa.
   Las tutorías se realizarán en las dos salas habilitadas o en las clases. Siempre se
   levantará acta.

           Ninguna persona de los citados colectivos podrá deambular por el centro sin el
   permiso de dirección, o sin estar acompañado de un profesor. Así, como entrar sin
   permiso al mismo.

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                                                     m
Las entradas al centro de los padres o tutores legales, serán en los siguientes
   momentos: Reuniones generales, entrega de boletines de notas, jornadas de
   adaptación, fiestas escolares y religiosas, tutorías, entrevistas y realización de trámites
   en secretaría o portería.

       4. Criterios comunes y elementos básicos que incorporan las normas:

       a. El crecimiento integral de la persona.
       b. Los fines educativos del centro, en desarrollo del carácter propio y proyecto
            educativo del centro.
       c. El desarrollo de la Comunidad Educativa.
       d. Un buen ambiente educativo y de relación en el centro.
       e. El respeto a los derechos de todas las personas que participan en la acción
            educativa.
       f.   El respeto a la integridad física y moral y a los bienes de las personas que forman
            la Comunidad Educativa y de aquellas otras personas e instituciones que se
            relacionan con el centro con ocasión de la realización de las actividades y
            servicios del mismo.
       g. El respeto a la diversidad y la no discriminación
       h. La corrección en el trato social, en especial, mediante el empleo de un lenguaje
            correcto y educado.
       i.   El interés por desarrollar el propio trabajo y función con responsabilidad.
       j.   El respeto por el trabajo y función de todos los miembros de la Comunidad
            Educativa.
       k. La cooperación en las actividades educativas o convivenciales.
       l.   La buena fe y la lealtad en el desarrollo de la vida escolar.
       m. El cuidado en el aseo e imagen personal y la observancia de las normas del
            centro sobre esta materia.
       n. El cumplimiento de la normativa del centro respecto a la vestimenta.
       o. La actitud positiva ante los avisos y correcciones.
       p. La adecuada utilización del edificio, mobiliario, instalaciones y material del
            centro, conforme a su destino y normas de funcionamiento, así como el respeto
            a la reserva de acceso a determinadas zonas del centro.
       q. El respeto a las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.

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                                                      m
r.   En general, el cumplimiento de los deberes que se señalan en la legislación
            vigente y en el presente Reglamento a los miembros de la Comunidad Educativa
            y de cada uno de sus estamentos, especialmente los derivados del Carácter
            Propio y del Proyecto Educativo del Centro.

       5. Derechos y obligaciones de los miembros de la comunidad educativa.

            El centro se configura como una Comunidad Educativa integrada por el conjunto
   de personas que, relacionadas entre sí e implicadas en la acción educativa, comparten
   y enriquecen los objetivos del centro.

            En el seno de la Comunidad Educativa las funciones y responsabilidades son
   diferenciadas en razón de la peculiar aportación que realizan al proyecto común la
   Entidad Titular, los alumnos, los profesores, los padres, el personal de administración y
   servicios y otros colaboradores.

   Los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a:

       a. Ser respetados en sus derechos y en su integridad y dignidad personales.
       b. Conocer el Carácter Propio, el Proyecto Educativo y el Reglamento de Régimen
            Interior del Centro.
       c. Participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo
            dispuesto en el presente Reglamento.
       d. Celebrar reuniones de los respectivos estamentos en el centro, para tratar
            asuntos de la vida escolar, previa la oportuna autorización de la Entidad Titular.
       e. Constituir asociaciones de los miembros de los respectivos estamentos de la
            Comunidad Educativa, con arreglo a lo dispuesto en la ley.
       f.   Presentar peticiones y quejas formuladas por escrito ante el órgano que, en cada
            caso, corresponda.
       g. Reclamar ante el órgano competente en aquellos casos en que sean
            conculcados sus derechos.
       h. Ejercer aquellos otros derechos reconocidos en las leyes, en el Carácter Propio
            del Centro y en el presente Reglamento.
   Los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a:

       a) Aceptar y respetar los derechos de la Entidad Titular, los alumnos, los
            profesores, los padres, el personal de administración y servicios y los otros
            miembros de la Comunidad Educativa.

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                                                      m
b) Respetar el Carácter Propio, el Proyecto Educativo, el presente Reglamento, las
           normas de convivencia y otras normas de organización y funcionamiento del
           Centro y de sus actividades y servicios y la autoridad y las indicaciones u
           orientaciones educativas del equipo directivo y del profesorado.
       c) Respetar y promover la imagen del centro.
       d) Asistir y participar en las reuniones de los órganos de los que formen parte.

   Para consultar más deberes y derechos de los distintos colectivos que forman la
   comunidad educativa, se remite al R.R.I

       6. Medidas preventivas y correctoras.

           La adecuada convivencia en el centro es una condición indispensable para la
   progresiva maduración de los distintos miembros de la Comunidad Educativa -en
   especial de los alumnos- y de aquélla en su conjunto y, consiguientemente, para la
   consecución de los objetivos del Carácter Propio del centro.

           Alteran la convivencia del centro los miembros de la Comunidad Educativa que,
   por acción u omisión, no cumplen todas las normas de convivencia a que alude todo
   este documento durante el desarrollo de la jornada lectiva y la realización de actividades
   complementarias y extraescolares y servicios educativos complementarios. Igualmente,
   los cometidos fuera del recinto escolar cuando tengan origen o estén directamente
   relacionados con la actividad escolar o afecten a miembros de la Comunidad Educativa
   en tal concepto.

           Las correcciones relativas a alteraciones leves o contrarias de la convivencia
   serán impuestas por el órgano que determine el director titular, dentro del marco general
   de la normativa aplicable, que generalmente será cualquier profesor o tutor.

           En el caso de alteraciones graves, corresponderá al director pedagógico la
   imposición de correcciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 54.2 de la Ley
   Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y como también
   establece el Decreto 3/2008.

           La Comisión de Convivencia se reunirá, al menos una vez al trimestre, para
   hacer un seguimiento de la convivencia en el centro, y todas las veces que se precise.
   A parte, en las reuniones de los Equipos de Nivel, los Departamentos y las sesiones de
   valuación, también se abordará el tema de la convivencia en el centro.

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Se pondrá especial cuidado en las acciones preventivas desarrolladas a lo largo
   del curso, a través del Plan de Acción Tutorial.

           Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación
   a las normas escolares podrán suscribir con el centro un compromiso de convivencia,
   con el objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y otros
   profesionales y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto
   en el tiempo escolar como en el tiempo extraescolar, para superar la situación.

           La Comisión de Convivencia, realizará el seguimiento de los compromisos de
   convivencia suscritos en el centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción
   de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

           Criterios de aplicación de las medidas educativas correctoras:

           Los miembros del Equipo Directivo y los profesores tienen la consideración de
   autoridad pública. En los procedimientos de adopción de medidas correctoras, los
   hechos constatados por profesores y miembros del equipo directivo del centro tendrán
   valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad salvo prueba en contrario, sin
   perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos derechos o intereses,
   puedan señalar o aportar los propios afectados.

           Para la aplicación de las medidas correctoras se tendrá en cuenta, junto al nivel
   y etapa escolar, las circunstancias personales, familiares y sociales. Las medidas deber
   ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben
   contribuir al mantenimiento y la mejora del proceso educativo. Tendrán prioridad las que
   conlleven comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante
   acciones y trabajos individuales que tengan repercusión favorable en la comunidad y en
   el centro.

           En ningún caso se pondrán mediadas que atenten contra la integridad física y la
   dignidad personal del alumnado.

           El alumnado no podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación. No
   obstante, cuando se den las circunstancias y condiciones establecidas en los artículos
   25 y 26 del Decreto 3/2008, se podrá imponer como medida correctora la realización de
   tareas educativas fuera del aula y del centro docente durante el periodo lectivo
   correspondiente.

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A los efectos de la gradación de las correcciones, y sin perjuicio de las restantes
   circunstancias cuya consideración pueda determinarse aplicable:

       1. Son circunstancias paliativas:

               •      El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.
               •      La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del
                      desarrollo de las actividades del centro.
               •      La falta de intencionalidad.
               •      La reparación inmediata del daño causado.
               •      La observancia de una conducta habitual positivamente favorecedora de
                      la convivencia.
       2. Son circunstancias atenuantes:

               •      La premeditación y la reiteración.
               •      Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros de menor edad o a los
                      recién incorporados al centro.
               •      El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o
                      irrespetuosas de menosprecio y de acoso, dentro y fuera del centro.
               •      Cualquier acto que entrañe o fomente la violencia, la discriminación, el
                      racismo, la xenofobia o el menoscabo de los principios del Carácter
                      Propio o del Proyecto Educativo.
               •      La publicidad y difusión, por cualquier medio, de la conducta.
               •      Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del
                      Centro, su integridad física y moral, su dignidad y su autoridad.
               •      La realización de forma colectiva.
               •      Aquellas otras que establezca la legislación vigente.

           Las alteraciones de la convivencia en el centro, serán corregidas con las medidas
   previstas en al presente documento y con especial atención a lo establecido en la
   legislación del Decreto 3/2008 y Decreto 13/2013. No obstante, en todo caso el Centro
   podrá corregir dichas conductas, en atención a las circunstancias concurrentes,
   mediante:
               a. Amonestación privada o pública, verbal o escrita.
               b. Comparecencia inmediata ante el coordinador general de etapa o el
                      director pedagógico.
               c. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo.

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d. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las
                      actividades del Centro.
               e. Realización de tareas dirigidas a reparar el daño causado a las
                      instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros
                      miembros de la Comunidad Educativa, o a las instalaciones o
                      pertenencias de las personas o instituciones con las que se relacione el
                      centro.
           Las decisiones de adoptar medidas correctoras por la comisión de faltas leves o
   contrarias serán inmediatamente ejecutivas.

       7. Procedimientos de mediación para la resolución positiva de los conflictos.
          Configuración de los Equipos de Mediación y arbitraje.

           De conformidad con los principios inspiradores del Carácter Propio y Proyecto
   Educativo del Centro, se procurará la resolución conciliada de las alteraciones graves
   de convivencia, a fin de evitar, siempre que sea posible, la incoación de expedientes
   disciplinarios, buscando la función educativa y reparadora de todo proceso corrector.

           La adopción de correcciones por las conductas previstas en la normativa sobre
   convivencia exigirá con carácter preceptivo el trámite de audiencia al alumno y su familia
   y el conocimiento por el profesor tutor. Las correcciones así impuestas serán
   inmediatamente ejecutivas.

           Para llevar a cabo la resolución conciliada será necesario que el alumno (o sus
   padres o representantes legales, si el alumno es menor de edad) acepten esta fórmula
   de resolución y se comprometan a cumplir las medidas acordadas.

           Para llegar a una solución conciliada que evite la tramitación de un expediente
   sancionador, de tipo grave, será imprescindible la celebración de una reunión
   previamente convocada, con asistencia del director pedagógico, profesor-tutor del
   alumno y el propio alumno (o sus padres o representantes legales, si el alumno es menor
   de edad).

           En todo caso, si el alumno es menor de edad, el director pedagógico y profesor-
   tutor le escucharán con carácter previo, para conocer su relato de los hechos. El Artículo
   8. Del Decreto 3/2008 de la Convivencia Escolar en Castilla- La Mancha dice:

           “La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que,
   mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes

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implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio”. “El proceso de mediación
   puede utilizarse como estrategia preventiva…”

           Nuestro colegio asume la mediación escolar como estrategia preventiva
   tendente a evitar conductas que puedan derivar en el incumplimiento de las normas de
   convivencia.

           La mediación se podrá iniciar a instancias de las partes en conflicto, a instancias
   del director del centro o a instancias de cualquier miembro de la comunidad escolar,
   respetando en todo momento la voluntariedad de las partes en conflicto para acogerse
   o no a ella.

           La persona propuesta como mediadora, que podrá ser cualquier miembro de la
   comunidad educativa, con suficiente preparación, asumirá la tarea de forma voluntaria,
   no pudiendo ser, en ningún caso, obligada a realizar esta función.

           No se podrá ejercer la mediación, en los casos previstos por el decreto (Art. 8,
   punto 3): “El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales para
   la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.” “Las
   vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de
   género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más
   vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas,
   sociales o educativas.” “Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de
   emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así
   como las manifestaciones de ideologías que preconicen el empleo de la violencia, la
   apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.”

           La participación en el proceso de mediación debe ser de las personas implicadas
   en el conflicto, sin que haya posibilidad de sustituirlas por representantes o
   intermediarios.

           Si se inicia un proceso de mediación, los padres deben asumir, ante la dirección
   del centro, el compromiso de cumplir los acuerdos a que se lleguen.

           Si el proceso concluye sin acuerdos, o estos se incumplen por alguna de las
   partes, el mediador debe ponerlo en conocimiento del director del centro para que éste
   actúe en consecuencia.

       8. Criterios establecidos para la asignación de tutorías y elección de cursos
          y grupos.

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El Equipo Directivo hará inicialmente, al Claustro de profesores, un
   planteamiento general de organización del centro, teniendo en cuenta las circunstancias
   específicas que se den en cada curso, en relación a las unidades, plantilla de profesores,
   especialistas, etc. El Claustro de profesores planteará cuantas observaciones y
   sugerencias estime oportunas, las cuales serán tenidas en cuenta por el Equipo
   Directivo, siempre que éstas tengan un apoyo mayoritario del Claustro (mayoría simple)
   y no supongan un perjuicio para las necesidades básicas de organización.
           El director, a propuesta de la Jefatura de Estudios o coordinación, podrá asignar
   tutoría a cualquier profesor si las necesidades del Centro así lo exigen y está
   debidamente justificado.
           El Equipo Directivo se asigna tareas en primer lugar, impartiendo docencia, si es
   necesario, o en tareas de apoyo, excepto los miembros del equipo especialistas que lo
   harán en los cursos que estimen más conveniente, en función de sus necesidades y las
   del Centro.
           Se respetará siempre, el acuerdo de claustro de permanencia del tutor un mínimo
   de dos cursos en la etapa de primaria, los tres cursos en la etapa de infantil, siempre
   cuando venga bien a la organización interna del centro. En la etapa de secundaría los
   tutores no tendrán la permanencia en las etapas inferiores.

 Criterios de sustitución del profesorado ausente (asegurando, en todo caso, un
   reparto equitativo entre todos los componentes del claustro.

           Todo el personal docente estará disponible, según lo establecido, para la
   cobertura temporal en cualquier aula o unidad de este Centro, sea del Ciclo o Nivel
   educativo que sea.

   EDUCACIÓN INFANTIL

   1. Tutores en ausencia del especialista.
   2. Especialistas.
   3. Por el profesor que no tenga atención directa con los alumnos (profesorado de
       primaría que va a apoyar a infantil).
   4. En caso de necesidad, profesores de primaria y especialistas.

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EDUCACIÓN PRIMARIA

   1.   En caso de faltar un especialista será sustituido por el tutor siempre que no le
         corresponda dar un área en otro grupo en ese momento.
   2.   Profesores sin atención directa a alumnos y del mismo nivel, siempre que se pueda
         y no se produzca descompensación en el número de sustituciones realizadas.
   3.   Profesores de refuerzo o apoyo, así como el orientador.
   4.   Profesores de secundaria que estén de guardia.
   5.   El Equipo Directivo, cuando no haya ningún otro profesor disponible.

   EDUCACIÓN SECUNDARIA
   1.   Profesor que esté de guardia.
   2.   Orientador.
   3.   Miembro del Equipo Directivo.

   Criterios para adjudicar curso a los alumnos de nueva matriculación.

   1.   Cuando se matricula un alumno nuevo, éste se incluirá en el grupo que en ese
           momento tenga menor número de alumnos,
   2.   En caso de igualdad de alumnos, se empezará por la letra A, salvo que por las
           características de los grupos el orientador aconseje otra cosa.
   3.   Si en el mismo curso, un alumno dado de baja por traslado, vuelve al centro, se
           incorporará a su aula, independientemente del número de alumnos que tenga.

   Criterios para el reparto de alumnos repetidores.
   1.   Reparto entre los tutores afectados si hay acuerdo.
   2.   En caso de no haber acuerdo, orientador/a y Equipo Directivo.
   3.   Los alumnos repetidores se repartirán entre los cursos de ese nivel empezando por
        la letra que menos alumnos tengan.
   4.   En caso de que haya alumnos ACNEE se empezará por ellos, adjudicándolos
        primero al grupo que menos alumnos ACNEE tenga y, en caso de igualdad, por el
        grupo que menos alumnos tenga y, en caso de igualdad, empezando por la letra A.

        9. Organización de espacios y del tiempo en el centro y las normas para el
           uso de las instalaciones y los recursos.

           El colegio cuanta con dos partes diferenciadas. La parte más moderna, donde
   se ubica la puerta de acceso en el callejón de san José, y la parte más antigua, en la
   cual hay otro acceso, ubicado en la calle Núñez de Arce.

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