INSTITUCION EDUCATIVA PARTICULAR CAMINITO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) 2021
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INSTITUCION EDUCATIVA PARTICULAR CAMINITO MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) 2021
RESOLUCIÓN DIRECTORAL INSTITUCIONAL N° 003/2020/IEP Arequipa, 11 de diciembre del 2020 Visto el proyecto de actualización del Manual de Organización y Funciones 2021 (MOF) de la Institución Educativa Particular Caminito, presentado por la Comisión Especial constituida para el caso. CONSIDERANDO: Que, en atención a las necesidades de la institución educativa de disponer con un instrumento normativo que precise la estructura organizacional, cargos, niveles de autoridad, atribuciones, responsabilidades, funciones del personal, que oriente el esfuerzo institucional de toda la comunidad educativa en el logro de los fines y objetivos de la Institución Educativa Particular Caminito. De conformidad, con la Ley 28044 “Ley General de Educación”. Ley 26540 “Ley de los Centros Educativos Privados”, DS. N° 013-2004-ED “Reglamento de Educación Básica Regular” y la RM N°220 - 2019 MINEDU. Norma Técnica "Orientaciones para el desarrollo del Año escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos. SE RESUELVE: Aprobar, el adjunto Manual de Organización y Funciones 2021 (MOF) de la Institución Educativa Particular Caminito, en 14 folios que consta de III títulos y 29 Artículos, cuya vigencia es a partir de la fecha de expedición de la presente Resolucióny de estricto cumplimiento por todos los miembros del Personal que labora en la institución educativa. Regístrese y Comuníquese 2
PRESENTACIÓN La Institución Educativa Particular Caminito brinda servicios de educación inicial bajo los principios axiológicos que están basados en una formación cristiana, destinados a formar personas que aprenden a vivir en grupo, realizando acciones que permitan la interacción social de la familia y la comunidad. Como institución educativa, hemos elaborado el presente Manual de Organización y Funciones (MOF), con el propósito de permitir, a los diferentes niveles de la institución, un conocimiento global de la organización y las funciones específicas que le corresponde desarrollar en los diferentes cargos. Por ende, es importante asumir el compromiso y la identificación con la institución, la voluntad de trabajo, el desarrollo personal del profesional que labora en esta institución educativa. Por ello, el MOF es un documento de gestión e instrumento de normatividad para la organización y funcionamiento de nuestra institución educativa, cuyas disposiciones comprenden o alcanzan a los diferentes órganos. Teniendo en cuenta estos lineamientos, el presente Manual de Organización y Funciones señala el camino de todos las personas que forman parte de la institución educativa. Finalmente, para que este MOF resulte operativo, tiene que ser actualizado periódicamente. -LA PROMOTORIA 3
MISION Somos una institución educativa de nivel inicial que centra al niño y niña en la construcción de su propio aprendizaje, atendiendo sus necesidades, intereses y conociendo sus potencialidades. Ofrecemos experiencias significativas para el desarrollo de habilidades que enriquezcan los aspectos sociales, emocional, físico, cognitivo, intelectual y capacidad creativa en un ambiente seguro, cariñoso, de sana convivencia y en permanente participación con los padres. VISION Una comunidad educativa con niños y niñas felices, motivados y preparados para enfrentar con éxito las siguientes etapas de su educación y desarrollo. VALORES Paz, amor, confianza en sí mismo, solidaridad, respeto por el bien común, amistad, cooperación, orden y puntualidad. 4
TITU TITULO I GENERALIDADES Art. 1º. IMPORTANCIA. El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Institución Educativa Particular Caminito es un instrumento de Gestión Institucional, que es importante por lo siguiente: a. Determina las funciones específicas, responsabilidades, y autoridad de la estructura orgánica. b. Proporciona información a los servidores sobre sus funciones y ubicación dentro de la estructura general de la organización, así como las interrelaciones formales que correspondan. c. Ayuda a proporcionar información que le corresponde desempeñar al personal, al ocupar los cargos que constituyan los puntos de trámite en el flujo de los procedimientos. d. Facilita el proceso de inducción de personal nuevo y orientación del personal en servicio, permitiéndoles conocer con claridad sus funciones y responsabilidades del cargo al que han sido asignados. e. Genera la integración de sus trabajadores en el desempeño de la función. Art. 2º. ALCANCE. El contenido del presente Manual de Organización y Funciones (MOF), establece las normas que deberán ser cumplidas por todos las personas que prestan servicios y trabajadores de la Institución Educativa. 5
TITULO II Art. 3º. DISEÑO ORGÁNICO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA PARTICULAR CAMINITO. La IEP CAMINITO tiene la siguiente estructura orgánica: ÓRGANO PROMOTOR ▪ Promotora. ÓRGANO DE DIRECCION ▪ Directora. ÓRGANOS DE EJECUCIÓN ▪ Coordinación de Tutoría y Orientación Educativa y Responsable de convivencia ▪ Coordinación Académico y de Actividades. ▪ Comisión de Educación Ambiental y de Gestión del Riesgo de Desastres. ▪ Docentes. ▪ Auxiliares. ▪ Psicología. ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN: ▪ Personal administrativo ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN ▪ Comité de Padres de Familia (COPAFA) ▪ Comunidad Educativa 6
TÍTULO III FUNCIONES ESPECÍFICAS I. ÓRGANO PROMOTOR Art. 4º. PROMOTORÍA: La IEP Caminito está dirigida, orientada y guiada por la INSTITUCION EDUCATIVA CAMINITO S.A.C. Art. 5º. REPRESENTANTE DEL ENTE PROMOTOR: Es la persona designada como interlocutora de la promotoría. Recae en algún representante legal con facultades inscritas otorgadas por la empresa en la SUNARP. Art. 6º. DE LA PROMOTORÍA: es el órgano de mayor jerarquía en la IEP Caminito, y está a cargo de la Gestión General, quien es la primera autoridad, representante legal y responsable de la conducción y administración del colegio, según el artículo 8º de la Ley de los Centros Educativos Privados Nº 26549; artículo 32º de su reglamento y artículo 55º de la Ley General de Educación Nº 28044, quien posee las facultades de representación suficientes en todos los ámbitos. De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su reglamento en lo que corresponda y los lineamientos educativos técnicos pedagógicos del Sector Educación, la Ley Nº 26549, Ley de los Centros Educativos Privados, el Decreto Legislativo Nº 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Supremo Nº 009-2006-ED, Reglamento de la Ley 26549, el propietario o promotor de una institución educativa privada es responsable de su administración y funcionamiento integral, que incluye determinar a título meramente enunciativo lo siguiente: Art. 7º. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA PROMOTORA: 1. Administra la gestión en todas las dimensiones de la IEP y la autoriza para el manejo de las cuentas bancarias. 2. La promotoría, propone a la DIRECTORA. Asimismo, vela por el cumplimiento con las normas vigentes del Ministerio de Educación (MINEDU). 3. Determinar en coordinación los Lineamientos Generales de la IE, en cuanto a principios y valores, perfil educativo, fines generales, régimen administrativo, financiero y académico acorde con la Constitución Política del Perú, Ley General de Educación 28044, Ley de Centros Educativos Privados 26549 y su Reglamento. 4. Coordinar con la directora, la estructura orgánica y administrativa de la IE. 7
5. Preside el equipo de evaluación para seleccionar y contratar a los docentes (tutores y de talleres), personal administrativo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno y a las normas legales vigentes. 6. Administrar los documentos oficiales y los bienes de la IE. 7. Revisar las planillas de sueldos del personal y firmar con puntualidad las boletas de pago cada mes. 8. Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales sobre el régimen económico, remunerativo y beneficios sociales de los trabajadores en coordinación. 9. Aprobar el costo de prestación de servicios educativos y la información que se brinda a los padres de familia, según las disposiciones legales (INDECOPI), para la matrícula de cada año lectivo. 10. Gestionar la renovación e implementación de materiales educativos y recursos tecnológicos con el objetivo de la mejora de la calidad educativa. 11. Firmar contratos o Convenios que el colegio necesite concretar con otras personas o instituciones. 12. Establecer el régimen laboral de los trabajadores, con asesoría de un abogado laboralista y verificar cada mes el registro de asistencia del personal. 13. Establecer estrategias para superar la morosidad de los pagos por servicios educativos, en coordinación con la directora, Tesorera y Asesor Legal. 14. Promover el trabajo en Equipo y la corresponsabilidad en todos los miembros de la comunidad educativa, mediante el discernimiento permanente. II. ÓRGANO DIRECCIÓN Art. 8º. LA DIRECTORA, es la encargada de la gestión pedagógica, con liderazgo pedagógico, para mejorar la calidad los aprendizajes de las estudiantes, en el marco de una gestión escolar eficiente. La directora, lidera los procesos básicos de la gestión centrada en los aprendizajes, a través de un estilo de gobierno democrático, horizontal y transformacional. Gestiona la IE, desde un enfoque de liderazgo pedagógico. Bajo este rol, busca configurar una escuela organizada que se conduzca en función de los aprendizajes; para ello, promueve la vinculación entre el trabajo docente, un clima escolar acogedor y la participación de las familias y comunidad. Art. 9º. MARCO LEGAL: La directora, es oficialmente reconocido como tal, por la UGEL, DREA y MINEDU, es quien representa legalmente a la IEo, en materias académicas y administrativasrequeridas por las autoridades con las facultades generales y especiales previstas en las disposiciones legales vigentes. Constituyendo, la primera autoridad ejecutiva y responsable de la gestión pedagógica de la IE. Si la directora, estuviera de vacaciones o licencia, la encargada de ejercer sus funciones es la Promotoría. La directora, ejerce sus funciones a tiempo completo y dedicación exclusiva. Su cargo es de confianza y es nombrado por el Ente Promotor. Art. 10º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA DIRECTORA: Son funciones de la Directora de la IE. ▪ EN LO PEDAGÓGICO: a. Optimizar los aprendizajes y el desarrollo docente con medidas que promuevan y estimulen la innovación pedagógica y la diversificación curricular, la investigación y propuestas experimentales, orientadas a elevar la calidad educativa. b. Organizar y dirigir el servicio de monitoreo, acompañamiento y la evaluación de la labor del personal fomentando la creatividad, investigación y producción intelectual. 8
c. Convocar a reuniones de docentes tutores, docentes de talleres, auxiliares, padres de familia y/o apoderados y otros actores educativos para el logro de los objetivos institucionales. d. Presidir las Reuniones de Trabajo Colegiado. e. Promover y desarrollar a través del servicio de tutoría y de las áreas curriculares pertinentes, el desarrollo de capacidades de las estudiantes para el autocuidado, la identificación de riesgos y el manejo de estrategias de afronte y búsqueda de ayuda frente a estas situaciones. f. Crear espacios y oportunidades constantes de inter-aprendizaje, de reflexión y sistematización de la práctica, dirigidas a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de aprendizaje de los estudiantes. g. Motivar el trabajo en equipo, velar por un buen clima escolar, demostrar altas expectativas en estudiantes y docentes; y abrir espacios de participación. ▪ EN LO ADMINISTRATIVO: a. Formular, coordinar, ejecutar y evaluar los documentos de Gestión, con participación de toda la comunidad educativa, en los casos que resulte necesario. b. Representar legalmente a la IE ante la UGEL, DREA y MINEDU. c. Velar por el cumplimiento de los objetivos Institucionales y seguir la línea axiológica de la Institución. d. Coordinar el proceso de matrícula y autorizar traslados de matrícula. e. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de las estudiantes en los documentos pedagógicos oficiales, de conformidad con las disposiciones vigentes. f. Expedir certificados de estudios. g. Administrar la documentación oficial de la IE h. Coordinar y planificar la matrícula oportuna para el buen inicio del año escolar. i. Participar del proceso de selección para contratar al personal docente y administrativo, en función a las necesidades de la IE. j. En coordinación con la Promotora organizar el proceso de Admisión para el ingreso de estudiantes nuevas, delegando responsabilidades para su cumplimiento. k. Realizar el monitoreo y acompañamiento a los docentes con el fin de garantizar el logro de los indicadores que conlleven a obtener mejores resultados. ▪ EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD: a. Promover una convivencia democrática e intercultural entre los integrantes de su comunidad educativa, así como un vínculo con las familias y comunidad. b. Crear y mantener el buen clima organizacional mediante el desarrollo del sentido de pertenencia, empoderamiento y filiación al colegio. c. Promover acciones y mecanismos permanentes de orientación e información a la comunidad educativa sobre los derechos del niño y adolescente, la importancia del buen trato, educación sexual, paternidad responsable. d. Coordinar e impulsar alianzas estratégicas en materia de prevención y vigilancia social a favor de la estudiante, con instituciones privadas y públicas. 9
III. ÓRGANOS DE EJECUCIÓN Art. 11º. COMISION DE EDUCACION AMBIENTAL Y DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES Se encarga de coordinar y supervisar los planes de seguridad y proyectos de protección del medio ambiente. Está conformado por la Dirección y un personal docente tutor. Art. 12º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA COMISION DE EDUCACION AMBIENTAL Y DE GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES SOBRE LAS ACCIONES DE LA GESTIÓN DEL ENFOQUE AMBIENTAL. a. Planificar, organizar, ejecutar, monitorear y evaluar la implementación de acciones educativas desde la gestión escolar orientada a una mejora del entorno educativo (ambientes saludables y sostenibles) y al desarrollo de competencias, capacidades, valores, actitudes y prácticas ambientales (relacionadas a cambio climático, ecoeficiencia, salud y gestión del riesgo) a través de los Proyectos Educativos Ambientales Integrados (PEAI), con la participación de los miembros de la comunidad educativa, en el marco de la Política y el Plan Nacional de EducaciónAmbiental. b. Garantizar la incorporación del enfoque ambiental y de la gestión del riesgo de desastres, en el Plan Anual del Trabajo. c. Organizar y promover la participación de los estudiantes, docentes y padres de familia en las acciones de educación ambiental. d. Evaluar, determinar y reportar a la Unidad de Gestión Educativa Local de su jurisdicción, los logros ambientales alcanzados por la Institución Educativa en el marco de la aplicación del enfoque ambiental. SOBRE LAS ACCIONES DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES a. Planificar, organizar, ejecutar monitorear y evaluar las acciones de Gestión del Riesgo de Desastres que son de responsabilidad sectorial en el marco del Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres. b. Organizar y promover la participación de los estudiantes, docentes y padres de familia en la Gestión del Riesgo de Desastres. c. Desarrollar acciones de capacitación en Gestión educativa Local y con el apoyo de la Oficinas de Defensa Civil e instituciones especializadas. d. Organizar, ejecutar y evaluar la realización de los simulacros a realizar de acuerdo a la realidad fenomenológica de la zona con asesoramiento de la Unidad de Gestión Educativa Local. Art. 13º. COORDINACIÓN DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Encargada de planificar, organizar, desarrollar, supervisar y evaluar la propuesta de acompañamiento socio afectivo, cognitivo y pedagógico de los estudiantes. Es un servicio inherente al currículo y tiene carácter formativo, promocional y preventivo. Son Miembros de la Comisión, como agentes de la tutoría y la orientación educativa: La Directora, coordinador académico y de actividades y psicóloga. Sus actividades se centran en las áreas personal- social, académica, vocacional, salud corporal, emocional y mental, ayuda social y convivencia escolar. Art. 14º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA COORDINACIÓN DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y RESPONSABLE DE CONVIVENCIA a) Asegurar que las actividades y acciones de tutoría respondan a las necesidades e intereses de los estudiantes. b) Orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades del comité TOE programadas en el plan de trabajo. c) Organizar acciones de formación dirigidas a estudiantes, docentes y padres de familia. d) Realizar reuniones periódicas entre tutores, para intercambio de sus experiencias y apoyo mutuo. 10
e) Coordinar con las diferentes instancias, la ejecución del plan de convivencia escolar. f) Fortalecer el trabajo tutorial en colaboración con otras instituciones especializadas. g) Orientar y mantener comunicación permanente con los miembros de la comunidad educativa. h) Proporcionar los instrumentos necesarios para la elaboración del diagnóstico situacional del aula. i) Brindar acompañamiento pedagógico a los docentes tutores para el desarrollo de competencias socio afectivo en las estudiantes. j) Promover la articulación de actividades de atención tutorial integral y estrategias de formación con las familias. k) Realizar el diagnóstico de las necesidades de orientación de los estudiantes. l) Promover el protagonismo estudiantil en la gestión del colegio y del aula para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes. m) Coordinar con la Dirección la gestión del apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la IE. n) Monitorear el control de asistencia de los estudiantes y aplicar las medidas correctivas e informar a la directora. o) Cuidar con responsabilidad todos los bienes que está a su cargo. p) Gestionar la Convivencia escolar, liderando el proceso de elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, con el propósito de garantizar: ▪ La adecuación de las Normas de Convivencia a la etapa del desarrollo, tomando en cuenta lascaracterísticas específicas de los estudiantes. ▪ La incorporación de las Normas de Convivencia en el Reglamento Interno de la IE. ▪ La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad educativa. ▪ La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de lasacciones de planificación del año escolar. ▪ Co-ayudar la atención oportuna de los casos de violencia contra las estudiantes en el marco de los Protocolos para la Atención de la Violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes. ▪ Realizar la atención y seguimiento de los casos de violencia escolar en el colegio. Art. 15º. COORDINADOR ACADÉMICO Y DE ACTIVIDADES Es el encargado de planificar, organizar, desarrollar, supervisar y evaluar todas las actividades curriculares que se realizan a nivel de área académica. Asimismo coordinar y supervisar la ejecución de planes, proyectos y actividades institucionales. El cargo de coordinar académico puede recaer en la directora o en una docente tutor designad por la promotoría.. Art. 16º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR ACADÉMICO Y DE ACTIVIDADES a. Participar en el proceso de selección de textos escolares b. Participar en la Comisión de tutoría y orientación educativa y de convivencia c. Hacer seguimiento a las actividades académicas, institucionales y proyectos que resulten necesarios realizar de acuerdo al calendario escolar y reportarlas la Dirección para un adecuado seguimiento y ejecución. d. Ser un apoyo a la Dirección en las actividades de planificación, organización, desarrollo y supervisión de todas las actividades curriculares que se realizan a nivel del área académica en la IE. Art. 17º. DOCENTES Agente fundamental del proceso educativo que tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano. Por la naturaleza de su función requiere contar con una idoneidad profesional, solvencia moral y salud emocional y mental para ejercer sus funciones cuidando la integridad de las estudiantes. En el ejercicio de sus funciones, se capacita y actualiza para asegurar el logro de los aprendizajes establecidos en el currículo, reconoce las posibilidades de aprender de sus estudiantes, valora y respeta su diversidad, promueve el desarrollo de su talento y brinda una educación de calidad. Art. 18º. DOCENTES TUTORES Responsables directos de la formación y acompañamiento de sus estudiantes. En los niveles de Educación Inicial, la tutoría es responsabilidad del docente del aula y se realiza de manera permanente y transversal a todas las 11
actividades pedagógicas. Art. 19º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE DOCENTES TUTORES a. Desarrollar su misión educadora en el marco de las normas del Reglamento Interno y del Proyecto Educativo Institucional, en armonía con las orientaciones que brinda Promotoria y la Dirección. b. Ejercer su función de educador con eficiencia e idoneidad, participando en todas las actividades institucionales. c. Acompañar y orientar a los estudiantes en el proceso de enseñanza-aprendizaje y crecimiento como persona. d. Cumplir su labor demostrando puntualidad y colaboración en el patio, el aula, en los cambios de hora y en la finalización de la jornada del día. e. Es responsable del orden y aseo del aula en su hora de clase. f. Participar en las reuniones académicas de planificación, programación, organización, coordinación y ejecución dispuestas por la Dirección. g. Presentar oportunamente los documentos de planificación, programación y evaluación. h. Emitir los informes de evaluación sobre el rendimiento académico y conductual de los estudiantes a los Padres de familia y dirección. i. Conceder entrevistas a los padres de familia y estudiantes de acuerdo al horario establecido. j. Actualizarse permanentemente, participando en eventos de formación continua en su prácticapedagógica, tecnológica, humana y espiritual. k. Justificar por escrito sus inasistencias ante la Dirección. l. Planificar y conducir en forma eficaz el proceso de aprendizaje que favorezca el desarrollo de competencias en los estudiantes, articulando de manera coherente los aprendizajes programados, sus características individuales (ritmos y estilos de aprendizaje), socio culturales, evolutivos, necesidades especiales, las estrategias y medios seleccionados. m. Evaluar permanentemente el aprendizaje, para tomar decisiones y reprogramar los aprendizajes no alcanzados oportunamente, teniendo en cuenta las diferencias individuales y los diversos contextos culturales. n. Orientar a los estudiantes y contribuir a su formación integral con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación. o. Conducir procesos de enseñanza-aprendizaje con dominio de los procesos didácticos y pedagógicos correspondiente a cada área, aplicando los enfoques pedagógicos, para que todas los estudiantes aprendan estableciendo relaciones interpersonales, asertivas y empáticas, basadas en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración. p. Constituir con sus pares grupos de interaprendizaje y participar de programas de formación continua, que favorezcan el trabajo pedagógico, la mejora de la enseñanza y construcción de un clima armonioso. q. Es obligatorio comunicarse frecuentemente, con los padres de familia o apoderados, haciendo uso del corre electrónico, llamadas telefónicas o plataforma idukay. r. Cuidar con responsabilidad todos los bienes que está a su cargo Art. 20.- DOCENTES DE TALLERES Personal con especialidad en las áreas académicas, deportivas o artísticas que desarrollan el fortalecimiento de capacidades y habilidades en el área correspondiente. Art. 21º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE DOCENTES TALLERES a. Acompanar a los estudiantes en los procesos de formación en las áreas específicas que le han sido designadas. b. Participar en las actividades que la IE desarrollará de acuerdo al calendario escolar. c. Informar a los padres de familia sobre el proceso de formación de los estudiantes. d. Participar en las reuniones de coordinación interna de la IE. 12
Art. 22º. AUXILIARES Personal la educación que complementa la función del docente en las áreas pedagógicas, tutorial y administrativa. Sus funciones están contempladas en el Manual de Organización y Funciones de la Institución Educativa Art. 23º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS AUXILIARES a. Apoyar a los docentes tutores o docentes de talleres en el desarrollo de las actividades académicas y el horario de entrada y salida de los estudiantes, entregándolos al padre de familia/encargado de movilidad/o adulto autorizado para el recojo de las estudiantes. b. Monitorear a los estudiantes en todo momento. c. Llevar y retornar a los estudiantes de los servicios higiénicos. d. Supervisar a los estudiantes en la hora del recreo y en los talleres correspondientes. e. Verificar que los estudiantes ingieran todos sus alimentos de la lonchera. f. Asistir a reuniones de docentes cuando la Dirección se lo solicite. g. Supervisar el buen uso del tiempo libre de las estudiantes en el Aula. h. Controlar la limpieza y orden en las aulas al final de las jornadas. i. Es responsable cuidar la infraestructura, mobiliario y todos los materiales lúdicos. j. Velar por la formación integral de las estudiantes. Art. 24º. PSICÓLOGA Profesional encargada del acompañamiento conductual y académico de la estudiante. La Psicóloga Escolar deberá estar habilitada para el ejercicio profesional, con constancia emitida por el I.E. de Psicólogos del Perú, Consejo Directivo Regional III – Arequipa. Sus funciones están contempladas en el Manual de Organización y Funciones de la Institución Educativa. Art. 25º. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA PSICÓLOGA a. Organizar, conducir, monitorear y evaluar los servicios de orientación y asistencia psicológica a los estudiantes. b. Brindar asesoramiento especializado a padres de familia y docentes. c. Coordinar permanentemente con la Dirección y las coordinaciones de cada aula. d. Liderar la ejecución del diagnóstico socioemocional de los estudiantes y focalizar los casos de estudiantes en riesgo. e. Entregar el Informe Psicológico de los estudiantes f. Realizar acciones de seguimiento a los estudiantes con dificultades y necesidades educativasespeciales. g. Brindar apoyo específico a aquellos estudiantes, que por circunstancias especiales (emocional, conductual, académico y/o aprendizaje), lo requieran. h. Evaluar la pertinencia de evaluaciones y/o tratamientos externos, en los casos que lo ameriten, en coordinación con los Padres de Familia. i. Apoyar a los docentes con acciones y técnicas especializadas cuando lo ameriten. j. Entrevistar a aquellos Padres de Familia cuyas hijas presenten cambios no deseables en su conducta o que busquen optimizar las habilidades con que ya cuentan. k. Mantener informada a l a Dirección sobre situaciones especiales que puedan comprometer la imagen de la IE. l. Evaluar al personal que postula para cubrir plazas vacantes. m. Cuidar con responsabilidad todos los bienes que está a su cargo. 13
IV. ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Art. 26º. PERSONAL ADMINISTRATIVO Conformado por el personal de apoyo y mantenimiento. Art. 27º. FUNCIONES ESPECIFICAS AL PERSONAL ADMINISTRATIVO a. Apoyar en el cobro puntual de las pensiones educativas. b. Velar por la emisión de los comprobantes de pago respectivos a los padres de familia. c. Velar porque la infraestructura de la Institución Educativa se encuentre en buenas condiciones. d. Apoyar a la Dirección en el pago de servicios necesarios para las actividades de la IE. e. Apoyar a la Dirección en la presentación de documentación en diferentes instituciones del Estado. V. ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN Art. 28º. COPAFA Los padres de familia se conformarán en Comité de padres de familia (COPAFA). COPAFA es un órgano de colaboración con la Dirección de la Institución Educativa que tiene la finalidad de representar y propiciar la participación de los padres de familia en el proceso formativo de sus hijos matriculados en la Institución Educativa. El Comité de Padres de Familia es parte integrante de la Institución, está conformado por Padres de Familia elegidos por voto en la primera reunión de padres de familia, Tutores/Apoderados que participan en el proceso educativo de sus hijos. Siendo una Institución Privada, es un órgano de colaboración en los aspectos de planeamiento, organización y políticas dirigidas a consolidar valores y significados culturales. El Comité de Padres de Familia (COPAFA) es el órgano ejecutivo y de gestión de los Padres de Familia; y estará integrado por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. Art. 29º. FUNCIONES DE LA COPAFA a. Colaborar con las actividades que plantee la Dirección y los docentes de la IE. b. Promover un trato igualitario hacia los estudiantes. c. Participar en la selección de textos escolares. Art. 30º. COMUNIDAD EDUCATIVA La Comunidad Educativa es el órgano de participación integrado por todo el personal que labora en la Institución Educativa; personal directivo, jerárquico, docente, administrativo y de apoyo, estudiantes y familia. Las funciones individuales de sus miembros han sido desarrolladas en los artículos precedentes del MOF. 14
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